Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona los artículos 8º y 18 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, para permitir que los trabajadores por honorarios se incorporen al Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot)., de 19 de Abril de 2022

Que reforma y adiciona los artículos y 18 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, a cargo de la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosio, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, Elvia Yolanda Martínez Cosío, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, párrafo 1, numeral I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan dos artículos de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

Antecedentes

El Congreso del Trabajo estableció una serie de demandas en el sentido de modificar la Ley Federal del Trabajo para atender a los requerimientos de trabajadores y se creó el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) fue la respuesta del gobierno federal que consideró, en la década de 197, que la ausencia de instituciones y medidas eficaces de protección en las operaciones comerciales y crediticias de los trabajadores, ocasionaba que los trabajadores tuvieran pocas opciones de crédito, con objeto de facilitar a los trabajadores una mejor calidad de vida.

El 30 de diciembre de 1973, el Congreso de la Unión, dentro de las reformas de la Ley Federal del Trabajo, incluyó la creación del Fonacot, y el 2 de mayo de 1974 se publicó en el Diario Oficial de la Federación 1 el decreto que ordena la constitución de un fideicomiso público paraestatal, teniendo como fiduciario a Nacional Financiera, con los objetivos siguientes: Establecer un fondo a fin de garantizar créditos institucionales baratos y oportunos a los trabajadores para la adquisición de bienes de consumo duradero y pago de servicios. Permitir los descuentos por nómina al salario mínimo y superiores a éste, para el pago de créditos Fonacot libremente consentidos. Establecer como obligación de los patrones enterar, en su caso, a la institución bancaria acreedora o al Fonacot directamente, los descuentos efectuados al salario del trabajador para el pago de los créditos obtenidos a través del fondo.

El fondo brindó a los trabajadores la posibilidad de ser sujetos regulares de crédito.

Transformación institucional

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