Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, y de Coordinación Fiscal, para restaurar el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos)., de 14 de Octubre de 2021

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, y de Coordinación Fiscal, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, sometemos a consideración de esta honorable soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una Sección II Bis denominada “Del Régimen de Pequeños Contribuyentes”, en el Capítulo II “De los ingresos por actividades empresariales y profesionales”, Título IV “De las Personas Físicas” de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; asimismo, se adiciona el artículo 3-C de la Ley de Coordinación Fiscal , al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos

El presente proyecto parte de un paquete de iniciativas fiscales que el Grupo Parlamentario de Acción Nacional presentará en el marco del análisis de la Ley de Ingresos y la Miscelánea Fiscal 2022 y que buscan reactivar la economía a través de mejorar el régimen fiscal vigente en beneficio del sector productivo y de las y los mexicanos que han sido afectados en sus trabajos y en sus hogares por el Covid-19 y por la falta de capacidad del gobierno federal para dar una respuesta seria y responsable a la crisis por la que atravesamos.

De tal forma que, al ser un proyecto del Partido Acción Nacional, con la autorización del promovente original se retoman y actualizan los argumentos de la exposición de motivos de los proyectos presentados en Legislaturas pasadas que, evidentemente, continúan vigentes dada la realidad económica que vive nuestro país, y en su caso, se enriquecen los resolutivos del Decreto.

  1. Planteamiento del Problema

    La presente iniciativa tiene como propósito resolver uno de los efectos nocivos que se han generado con la aprobación y entrada en vigor de la reforma hacendaria propuesta por el titular del Ejecutivo federal en 2013 y aprobada por el Congreso de la Unión (con el voto en contra de los legisladores del Partido Acción Nacional), que consistió en eliminar el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) para sustituirlo por el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), que está lejos de contribuir a ampliar la base de contribuyentes e incorporar un esquema de “formalidad” de aquellas personas que actualmente no contribuyen a los gastos públicos mediante el pago de sus impuestos.

    En ese sentido, se propone reinstaurar el antiguo Régimen de Repecos, el cual, hasta antes de la reforma brindó a los pequeños comercios un esquema de tributación más ágil, sencillo, con facilidades administrativas y tributarias que sirvieron de apoyo para combatir la informalidad.

    En paralelo a lo anterior, también se busca fortalecer los ingresos del sector público, a través de otorgar a los contribuyentes disposiciones fiscales ágiles y fáciles de cumplir que permitan incrementar su número y el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales.

    En suma, se busca atender el reclamo de este sector de contribuyentes que, en distintos foros y espacios públicos, han manifestado reiteradamente su inconformidad al tener que integrarse a un Régimen para el cual no se encuentran preparados dado el tamaño de sus negocios y la capacidad financiera para poder operar con tecnología y apoyo profesional contable.

  2. Argumentos que Sustentan el Proyecto

    El 8 de septiembre de 2013, el ex presidente Enrique Peña Nieto presentó la iniciativa de reforma hacendaria que fue aprobada por el Congreso de la Unión y publicada el 9 de enero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación.

    Al referirse a los “beneficios” esperados con la reforma del 2013 el Ejecutivo federal señaló que era un proyecto que simplificaba y facilitaba el pago de impuestos. Dentro de los ordenamientos fiscales que se propusieron reformar se encontraba la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

    Sus argumentos giraron en torno a eliminar algunos tratamientos preferenciales, terminar con los privilegios fiscales y promover la formalidad de la economía creando el RIF y derogando el Repeco. El fin de esa sustitución fue que los contribuyentes inicialmente no pagarán impuestos en su incorporación al nuevo sistema mientras que sus obligaciones se incrementarían de manera gradual. i

    Al difundir la reforma, el Ejecutivo federal destacó que a través de ella se pretendía alcanzar los siguientes objetivos estratégicos: ii -Aumentar la recaudación y que el cobro de impuestos sea justo. Reducir los elevados niveles de desigualdad entre los mexicanos al eliminar privilegios y establecer que paguen más impuestos los que tienen ingresos más altos, protegiendo a los que menos tienen. -Incrementar de manera responsable y justa el gasto público. Los recursos recaudados atenderían necesidades prioritarias de la población en áreas como educación, salud, seguridad social e infraestructura. -Reducir la informalidad y la evasión fiscal, a través de mecanismos de formalización accesibles para todos y de nuevas reglas, incentivos y sanciones para los que evadan su obligación. -Incluir mecanismos de control para transparentar y hacer más eficiente el gasto público, así como promover la rendición de cuentas. -Impulsar la economía a través de estimular la inversión y el empleo. -Crear impuestos con responsabilidad social para proteger la salud de la población y el medio ambiente. -Simplificar el pago de impuestos, con la eliminación de gravámenes y el uso de nuevas tecnologías para facilitar el cumplimiento fiscal.

    Tales objetivos se trazaron atendiendo, entre otros factores, a que se reconoció un nivel reducido de ingresos públicos. Al plantear la reforma, la recaudación se ubicaba en niveles cercanos al 10 por ciento del producto interno bruto(PIB). iii

    Después de ocho años de haber iniciado la vigencia de la reforma hacendaria, aunque se observa un relativo éxito en los niveles de recaudación, México continúa ocupando el último lugar en niveles de recaudación de todos los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), (Ver Gráfico 1).

    Fuente: Elaboración propia con información de la OCDE, 2020.

    Como se observa, países de nuestra región como Chile y Colombia tienen promedios de recaudación más altos que nuestro país, mientras que con relación al promedio de los países integrantes de la OCDE, México se encuentra 17 puntos porcentuales por debajo del promedio.

    Si analizamos la recaudación por tipo de impuesto, la tendencia es la misma y preocupa el hecho de que México esté a la zaga del promedio de recaudación en América Latina en la recaudación de impuestos al ingreso (ISR) y al consumo (IVA) a pesar de tener un mayor potencial de recaudación por número de contribuyentes formales e informales y varias reformas fiscales cuyo propósito ha sido ese (Ver Gráfico 2).

    Lo anterior explica que, los con los países que nos comparamos, al tener un mayor nivel de ingresos públicos tienen una mayor capacidad para realizar un gasto más amplio de inversión pública en áreas con alto impacto social y de desarrollo.

    Al plantearse la reforma hacendaria, en México el gasto público como porcentaje del PIB era de 20.5 por ciento. Este porcentaje de gasto no ha cambiado, al contrario, en 2020 se observa una reducción de un punto porcentual con respecto al PIB, al caer a 19.3 por ciento. iv

    En los países de América Latina se alcanza en promedio 27 por ciento, y en los países miembros de la OCDE es superior a 42 por ciento del PIB (Ver Gráfico 3). v

    Fuente: Elaboración propia con información de la OCDE, 2020.

    La sustitución del régimen de Repecos por el RIF se dio a partir de que el gobierno federal señaló que los ingresos obtenidos por el primero, se ubicaba muy por debajo de su potencial de recaudación con una tasa de evasión cercana al 90 por ciento, además de que no fomentaba la incorporación a la formalidad. vi

    Sin embargo, durante el primer año de aplicación del RIF más de 517 mil contribuyentes de Repecos decidieron no “incorporarse” al nuevo régimen, lo que significó una caída del 13.6 por ciento del padrón (Ver Gráfico 5), fortaleciendo las filas de la informalidad por las complicaciones contables que supuso de inicio, su aplicación (Ver Gráfico 4).

    Fuente: Elaboración propia con información del SAT.

    Aunque en los siguientes años el padrón del RIF mostró una recuperación importante, sobre todo en 2014, el crecimiento de éste se ha mantenido muy por debajo de las expectativas y prácticamente constante a lo largo de casi ocho años (Ver Gráfico 5). El padrón no crece y parece que los diferentes gobiernos no han encontrado la formula para incrementar la formalidad y el número de contribuyentes en este régimen.

    Fuente: Elaboración propia con información del SAT.

    De 2020 a 2021, se observa una caída del padrón de (-) 29.2 por ciento, es decir, un millón 552 mil contribuyentes dejaron de tributar bajo el RIF. Esta caída se vincula de forma directa al cierre de más de un millón de pequeños negocios declarados por el Inegi como un efecto directo y lesivo de la pandemia por Covid-19. De los 4.9 millones de negocios reportados por el Censo Económico 2019, el Inegi estimó...

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