Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, y de las Leyes del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de deudores alimentarios., de 7 de Abril de 2020

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, y de las Leyes del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, numeral 1, fracción I y los Artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones al Código Civil Federal; a la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con base en la siguiente: Exposición de Motivos

El derecho a recibir alimentos para las y los menores es uno de los derechos que completan el catálogo básico para asegurar su pleno desarrollo y cumplir con el interés superior del menor, como lo establece la Carta Magna y los tratados internacionales que México ha suscrito.

Cuando el padre o madre están obligados a dar alimentos y no tienen un empleo o pasan al sector informal, es imposible para la autoridad judicial saber el monto de los ingresos que perciben y por lo tanto la retención de la pensión alimenticia no es posible, comprometiendo el derecho del menor al poner en riesgo su seguridad alimenticia.

La gran mayoría de las personas que alguna vez laboraron en el sector formal, poseen recursos en una cuenta individual de ahorro para el retiro, de la cual pueden realizar retiros distintos a la pensión o jubilación, por desempleo y ayuda para matrimonio en términos de las leyes de seguridad social. Dichas cuentas son propiedad de las personas, aunque se hayan integrado al sector informal o estén desempleadas.

La alimentación es un indicador de la medición de la pobreza, que a su vez tiene un reflejo directo en el ingreso, la carencia de ambos determina si una persona se encuentra en pobreza o pobreza extrema, 1 en este contexto define si el menor y su familia es pobre o no.

El Estado Mexicano se encuentra obligado a velar por el interés superior del menor, no solo por lo establecido en la Carta Magna, 2 sino también por la Convención Sobre los Derechos del Niño, el cual en su artículo 3 menciona la obligación de los Estados adheridos a tomar al centro de las decisiones el bienestar social del...

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