Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, en materia de productos sin combustión., de 18 de Febrero de 2020

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, en materia de productos sin combustión, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Éctor Jaime Ramírez Barba, diputado de la LXIV Legislatura, e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad que le otorgan los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, en materia de productos sin combustión, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

En nuestro país, en 2011 el Estado mexicano, a través de la reforma constitucional en materia de derechos humanos generó un marco de reconocimiento y protección de éstos; sobre esta base se justifica la gestión institucional pública en favor de la persona y sus derechos; como parte de este conjunto de derechos humanos, se encuentra el derecho a la salud, el cual es elemento fundamental para acceder a un nivel de vida digno y adecuado.

El derecho a la protección de la salud 1 , por tanto, es un derecho para todos y su acceso debe ser sin discriminación de ningún tipo. La Constitución señala que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de los ámbitos de gobierno.

Así, la Ley General de Salud 2 (LGS), reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona, señala que las finalidades de éste derecho son entre otros, el bienestar físico y mental de la persona, la prolongación y mejoramiento de la calidad de vida y el disfrute de servicios de salud. El artículo 1o. Bis de la LGS, define a la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, definición que coincide con la definición establecida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) 3 .

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante una tesis jurisprudencial, ha definido el alcance y contenido del derecho a la protección salud establecido en nuestra Constitución, señala que la protección de la salud es un objetivo que el Estado puede perseguir legítimamente, pero que dicho derecho tiene una proyección tanto individual o personal, como una pública o social. La Corte mexicana señala que en el enfoque social o público del derecho a la salud, es el deber del Estado de atender los problemas de salud que afectan a la sociedad en general; establecer mecanismos para que todas las personas tengan acceso a los servicios de salud, desarrollar políticas públicas, controles de calidad de los servicios de salud e identificar los principales problemas que afecten la salud pública del conglomerado social, entre otras 4 .

Desde la salud pública, en nuestro país se han impulsado un conjunto de estrategias que tienen como objetivo mantener la salud y tratar de disminuir y controlar las enfermedades prevalecientes en la población; una de ellas en particular, busca atender uno de los principales problemas de salud pública en nuestro país, las enfermedades que genera el consumo de tabaco.

Así, entre otras acciones se han fortalecido la políticas públicas para su atención y en el año 2008, después de un largo debate en el Congreso mexicano de publicó la Ley General para el Control del Tabaco, que ha sido hasta ahora la principal herramienta jurídica para la atención de este problema 5 . En el presente, nuevos desafíos en el consumo de tabaco obligan a poner sobre la mesa de análisis, nuevas propuestas legislativas para su atención.

El consumo de tabaco entraña amenazas graves y perjudiciales para la salud de las personas y el bienestar de la sociedad en su conjunto; por ello proteger la salud de las personas debe ser una prioridad. El consumo de tabaco en cualquiera de sus formas es letal, pone en peligro la salud pulmonar de todas las personas expuestas a él.

El tabaquismo es una epidemia mundial que afecta a alrededor de mil 100 millones de personas y mata a la mitad de sus consumidores 6 . La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que entre 2005 y 2030 morirán en el mundo más de 175 millones de personas por consumo de tabaco, principalmente los países en desarrollo (más de 135 millones) dado su crecimiento demográfico, un mayor consumo de tabaco y menor disponibilidad de servicios de salud 7 .

El consumo de tabaco es la causa principal de muerte evitable; a nivel mundial el tabaco mata alrededor de 8 millones de personas anualmente, de las cuales más de 7 millones son consumidores directos y más un millón se deben solo a la exposición a su humo, es decir, personas que nunca fumaron pero que estuvieron expuestas involuntariamente al humo de tabaco; es decir, el tabaco mata aproximadamente a una persona cada 4 segundos. En países de ingresos medio bajos, viven alrededor del 80 por ciento, de los mil cien millones de fumadores y en ellos la carga de morbimortalidad asociada a este producto es más alta 8 .

El consumo de tabaco es un factor de riesgo para las cuatro enfermedades no transmisibles (ENT) con mayor prevalencia: cardiopatía isquémica, enfermedades cerebro-cardiovasculares, enfermedad pulmonar obstructiva crónica y cáncer. Responsables de casi dos tercios de las muertes a nivel mundial. 9

Además, el consumo de tabaco reduce la esperanza de vida y contribuye a aumentar la carga y la amenaza mundiales de otras enfermedades no transmisibles tales como el cáncer de laringe, riñón, vejiga, estómago, colon, cavidad oral y esófago; así como con leucemia y parto prematuro, defectos de nacimiento e infertilidad, entre otras 10 .

El consumo de tabaco tiene un costo económico enorme, que incluye los elevados recursos que eventualmente se tienen que destinar al tratamiento de las enfermedades que causa; el impacto negativo en la productividad y la pérdida de capital humano debido a su morbimortalidad.

La epidemia global de tabaquismo obedece a una interacción compleja de factores, entre los que destacan el carácter transnacional y oligopólico de la industria del tabaco, la creciente publicidad, promoción y patrocinio de los productos dirigido principalmente hacia las mujeres y los adolescentes; así como el cabildeo que lleva a cabo la industria tabacalera entre los tomadores de decisiones y grupos de influencia 11 .

Los efectos del consumo de tabaco en la salud son terribles, los daños derivados de este no se limitan únicamente a la salud y los impactos se extienden a todos los niveles y en todos los sectores de la sociedad, es decir, tanto a escala mundial, regional y nacional, como a nivel comunitario, familiar e individual. Por lo que el consumo de tabaco y su promoción constituyen un importante desafío para la salud pública de cualquier país.

México no escapa a esta epidemia globalizada, ya que el tabaquismo continúa siendo un grave problema de salud pública, especialmente entre los adolescentes, adultos jóvenes y las mujeres, con una tendencia al incremento en la frecuencia de consumo y la exposición al humo de tabaco, que la ubica dentro de las diez primeras causas de mortalidad 12 .

En México, alrededor de 60 mil personas fallecen al año (entre 165 y 180 defunciones diarias) como consecuencia de enfermedades asociadas con el consumo de tabaco 13 ; de éstas mueren poco más de 49 mil personas por causas directamente atribuibles al consumo de tabaco, de las cuales más de 20 mil son por enfermedades respiratorias crónicas: EPOC 12 mil 635; cáncer de pulmón 5 mil 838; Neumonía 2 mil 84. Es claro que las enfermedades respiratorias crónicas y el cáncer de pulmón son las que tienen el mayor peso en la carga global de enfermedad. Además, los costos de la atención, por enfermedades atribuibles al consumo de tabaco, representan para el Estado más de 75 mil millones de pesos anuales 14 .

Se estima que 135 personas mueren al día por fumar, lo que equivale a más de 49 mil muertes anuales. 15 Esta cifra es mayor al número de víctimas de homicidio doloso registrado en 2019 (34 mil 582). 16 La enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y las enfermedades cardíacas son los padecimientos que causan más de 50 por ciento del número de muertes, de personas enfermas y de gastos por atención de salud de todas las enfermedades asociadas con el consumo de tabaco en México. 17

Por otro lado, la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-2017, señala que en nuestro país hay más de 15.6 millones de fumadores, y el grupo más vulnerable es el de jóvenes de 12 a 15 años de edad, y tanto hombres como mujeres fuman tabaco por igual 18 . Por otro lado, la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) ha señalado que el consumo de tabaco en adolescentes es uno de los principales problemas de salud pública en nuestro país, ya que alrededor de 74 mil menores de edad fuman a diario, 611 mil son fumadores ocasionales y 25 mil ya tienen una adicción 19 .

Ante éstas evidencias, es claro que la epidemia de tabaquismo y sus graves consecuencias para la salud pública, se requiere una respuesta eficaz, apropiada e integral. Partimos de reconocer que el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco tiene consecuencias devastadoras en el ámbito de la salud de la persona, y su entorno familiar y social.

Para regular su consumo, la Organización Mundial de la Salud. OMS promovió el Convenio Marco para el Control del Tabaco 20 , firmado el 21 de mayo de 2003 durante la Asamblea Mundial de la Salud. El Convenio establece una serie de propuestas de política pública en materia de prevención y reducción del consumo. Pese a esto, un artículo publicado en 2019 en el British Medical Journal encontró que no ha habido un cambio significativo en el consumo global de cigarros desde la adopción del...

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