Iniciativa parlamentaria que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, a fin de sancionar a quien introduzca, transporte, auxilie o documente ganado procedente de otro país, sin contar con la documentación que acredite la legal procedencia., de 5 de Diciembre de 2019

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Carmen Mora García, del Grupo Parlamentario de Morena

Carmen Mora García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la Cámara de Diputados, en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 381 Quinquies y 381 Sexies y se deroga el párrafo cuarto del dispositivo 381 Ter del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

En la actualidad, la ganadería representa uno de los componentes con mayor crecimiento del sector agropecuario a escala mundial.

El país es el séptimo productor mundial de proteína animal, lo que muestra el alto potencial y las ventajas competitivas que representa el sector. 1

En los últimos años, el sector ganadero en México ha registrado exportaciones de carne de res por 245 mil toneladas, de cerdo por 130 mil y 1 millón de becerros, lo que representa 3 mil millones dólares. 2

Además, de acuerdo con el comunicado de prensa número 15/19, de fecha 22 de enero de 2019, “Indicadores de ocupación y empleo, cifras oportunas durante diciembre de 2018”, emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, las actividades agropecuarias representan 12.2 por ciento de la población ocupada según su posición durante diciembre de 2018. 3

Dada la importancia que representa la ganadería en el país, y ante el incremento de robo de ganado en México, ya que de conformidad con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, el abigeato aumentó en 24 por ciento de 2012 a 2015, con las consiguientes pérdidas millonarias para el sector ganadero. 4

En el ejercicio fiscal de 2017, con la premisa de proteger a este sector, el Congreso de la Unión aprobó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 381 Bis y se adicionan el 381 Ter y 381 Quáter al Código Penal Federal, a través del cual se tipifica ahí el delito de abigeato.

De ahí que actualmente el delito de abigeato se encuentre considerado en el artículo 381 Ter, del Código Penal Federal, que a letra dispone: Artículo 381 Ter. Comete el delito de abigeato quien por sí o por interpósita persona se apodere de una o más cabezas de ganado, sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ellas. Se considerará ganado, para los efectos de este delito, a las especies: bovina, caballar, asnal, mular, ovina, caprina, porcina o de una o más colonias de abejas en un apiario, así como el domesticado, bravo, de pezuña, ganado mayor o ganado menor, independientemente de la actividad típica del animal. Por tal delito se impondrán de dos a diez años de prisión. Se equiparará al delito de abigeato y se sancionará con la misma pena que éste, el sacrificio de ganado sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo. No obstante, y pese a los esfuerzos del poder Legislativo por regular el delito de abigeato, actualmente de acuerdo a lo informado por diversos medios periodísticos, este último se ha disparado en todo el territorio nacional, desde Sonora hasta Yucatán, sobre todo...

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