Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Comunicación Social; de Instituciones y Procedimientos Electorales; y de Partidos Políticos, en materia de propaganda., de 5 de Junio de 2019

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Comunicación Social; de Instituciones y Procedimientos Electorales; y de Partidos Políticos, en materia de propaganda, recibida de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario del PES, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 5 de junio de 2019

Quien suscribe, diputada Nayeli Salvatori Bojalil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la Cámara de Diputados en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Congreso General y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

Esta iniciativa tiene como antecedente inmediato un acuerdo del Congreso y el Instituto Nacional Electoral en agosto de 2016 en el que hicieron un llamado a los servidores públicos de los tres niveles de gobierno a abstenerse de pintar con los colores de sus partidos los edificios y bienes públicos, como autos, placas, entre otros.

Con el acuerdo se pretendió acabar con la vieja y errónea concepción de la moral patrimonialista, heredada de la tradición institucional de la Corona española, en la que lo público es considerado como una extensión de lo privado, ya que el monarca era el propietario original y, por tanto, podía disponer de la manera que le diera la gana.

El proyecto de modificaciones a las leyes comparte esta visión; además coincide con el objeto de que el ejercicio del gobierno se ejerza bajo los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en los empleos, cargos o comisiones.

Está cayendo en una “normalidad democrática”, sobre todo en el ámbito administrativo, que cuando un determinado gobernante asume el cargo y su antecesor era de otro partido político, decide pintar las instalaciones del gobierno del partido político que lo postuló, lo cual también se hace extensivo a los espacios públicos como parques, bibliotecas, deportivos, auditorios.

La palabra propaganda 1 proviene del latín propagare, que significa reproducir, plantar, lo que, en sentido más general quiere decir expandir, diseminar o, como su nombre lo indica, propagar. Persigue influir en la opinión de los ciudadanos para que adopten determinadas conductas; supone un conjunto de acciones que, técnicamente elaboradas y presentadas, particularmente por los medios de comunicación colectiva, influyen en los grupos para que piensen y actúen de determinada manera.

Paolo Facchi, expresó que es “un trabajo de presión ejecutado para influir sobre la opinión pública y la conducta de la sociedad de tal modo que el individuo adopte una opinión y un comportamiento determinado.”

Jean Marie Domenach sostuvo que “la finalidad de la propaganda es: sugerir o imponer creencias y reflejos que a menudo modifican el comportamiento, la manera de ser e incluso las convicciones religiosas o filosóficas. La propaganda influye, entonces, en la actitud fundamental de la persona humana.”

James Alexander Brown indicó que “se entiende por propaganda cualquier plan para propagar una doctrina o práctica para influir sobre las actitudes emocionales de los otros.”

Robert K. Merton opinó que “entendemos por propaganda todos y cada uno de los conjuntos de símbolos que influyen en la opinión, las creencias o la acción sobre cuestiones que la comunidad considera convertibles. Dada una cuestión discutible, la propaganda es hacer posible a lo que parece inevitable.”

Por otra parte, la propaganda política cuestionada, no puede considerarse ilegal, hasta ahora, porque los partidos políticos se encuentran en la posibilidad de incluir en sus promocionales, contenido referente a los logros de gobierno obtenidos por los funcionarios que fueron promovidos por dicho instituto político. Es decir, la propaganda política 2 pretende crear, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias, así como estimular determinadas conductas políticas.

La Ley Federal Electoral de 1973 se ocupó por primera vez de la propaganda electoral, el artículo 40, que señalaba lo siguiente: “La propaganda electoral está sujeta a las siguientes reglas: III. No se permite la fijación e inscripción de propaganda: 1. En los pavimentos de las calles, calzadas, carreteras, aceras y cordones...

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