Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal del Trabajo, y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en materia de trabajo doméstico., de 30 de Abril de 2019

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal del Trabajo, y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, suscrita por las diputadas María Teresa López Pérez, Verónica Ramos Cruz y Katia Alejandra Castillo Lozano, del Grupo Parlamentario de Morena

Las suscritas, diputadas María Teresa López Pérez, Verónica Ramos Cruz y Katia Alejandra Castillo Lozano del Grupo Parlamentario de Morena y de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta soberanía el presente proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Instituto Nacional del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con base en la siguiente Exposición de Motivos

El trabajo doméstico que por sus características sociales, es una actividad considerada primordialmente para mujeres, circunda varias formas de discriminación, además de los contextos sociales, familiares, económicas y culturales, propiamente al referirnos a situaciones sobre derechos humanos de las mujeres, que ante el establecimiento de organismos encargados de su protección y defensa, aunado a los movimientos de la sociedad civil organizada toman un auge, que trae como consecuencia el empoderamiento de grupos social e históricamente segregados, como es el de las mujeres. 1

Las condiciones laborales de las y los trabajadores del hogar o domésticos presentan una precariedad derivada de las adversas condiciones que se generan por la naturaleza de su función, ya que al no laborar para una unidad económica no producen riqueza y no pueden gozar dé los derechos como el reparto de utilidades entre otros.

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 331 define a los trabajadores domésticos como “los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.

La necesidad de regular las relaciones de trabajo de los trabajadores domésticos surgió como un imperativo en el marco del constitucionalismo social del que México fue pionero en el orbe.

En este tenor, la iniciativa por la que se formuló la Ley Federal del Trabajo vigente de 1970 determinaba el carácter especial de los trabajadores domésticos, la cual aducía que “las modificaciones que se hacen al capítulo de la legislación vigente tienen por objeto dar a estos trabajadores el rango que les corresponde en la vida social: la denominación de domésticos, que es una supervivencia de su condición al margen de las leyes, se substituye por la de “trabajadores domésticos”, pues es indudable que estamos en presencia de auténticos trabajadores, tal como lo dispone el artículo 123, Apartado A de la Constitución. En consecuencia, de la misma manera que se habla de los trabajadores deportistas, artistas, etc., se juzgó conveniente darles la denominación que constitucionalmente les corresponda.

Después de definir a los trabajadores domésticos, como aquéllos que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia, el artículo 332 excluye a los trabajadores que prestan servicios semejantes en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, hospitales, internados y otros establecimientos análogos y a los porteros y veladores tanto de los establecimientos mencionados o de los edificios de departamentos y oficinas...Las disposiciones más importantes, que ya se encuentran en la ley en vigor, son las siguientes: los trabajadores domésticos deberán disfrutar de reposos suficientes para tomar sus alimentos y de un descanso durante la noche que corresponda a las...

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