Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona los artículos 81 a 83 de la Ley General de Salud, para el fortalecimiento de las facultades del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas como organismo auxiliar de la administración pública federal., de 30 de Abril de 2019

Que reforma y adiciona los artículos 81 a 83 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Graciela Zavaleta Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena

Graciela Zavaleta Sánchez, diputada a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, conforme a lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta al pleno de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud para el fortalecimiento de las facultades del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas como organismo auxiliar de la administración pública federal. Exposición de Motivos

  1. Planteamiento del problema

    La iniciativa pretende reformar y adicionar la Ley General de Salud a fin de fortalecer las facultades del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas como organismo auxiliar de la administración pública federal en relación con la expedición de títulos de maestría que las autoridades educativas otorgan a los profesionistas que realicen procedimientos de cirugía estética o administren cualquier tipo de sustancias y medicamentos que pretendan mejorar la apariencia física.

  2. Argumentos

    La medicina estética es cualquier procedimiento no quirúrgico mínimamente invasivo relacionado con cambiar o mejorar la apariencia de la cara y/o el cuerpo. Nace con la cosmética o diseño de imagen y la odontología estética. Sin embargo, en la actualidad, debido a la nueva tecnología, el concepto de estética ha venido involucrando a la medicina, lo que ha derivado en el reciente concepto de “medicina estética”.

    La cirugía estética es la disciplina quirúrgica constituida por sólidas y propias bases científicas y técnicas, que permite modificar, corregir o eliminar defectos estéticos en toda parte del cuerpo para armonizar perfiles y proporciones, con particular atención al rejuvenecimiento del aspecto.

    En cambio, la cirugía plástica es aquella parte de la cirugía reconstructiva que se propone dar integridad anatómica y funcional a quien le falta por causas diversas como: enfermedades deformantes, mutilaciones, intervenciones quirúrgicas de gravedad mayor o accidentes.

    Si los procedimientos de cirugía estética se enfocan en mejorar las apariencias del paciente, teniendo como sujetos a personas sanas, en buenas condiciones de salud física y psicológica, no es así por lo referente a la cirugía plástica y reconstructiva, que tiene como objeto, muy diferente, lo de corregir, aminorar y resolver traumas, accidentes o defectos de nacimiento.

    Una especialidad médica puede ser entendida como un conjunto de conocimientos inherentes a un área específica del cuerpo humano; a un conjunto de entidades semejantes; a criterios etarios o a métodos, técnicas y procedimientos sistematizados.

    Las especialidades médicas se han clasificado entre otros criterios, según su orientación, es decir, se centran en: • Grupos de edad, como la pediatría y la geriatría. • Aparatos o sistemas del cuerpo humano, como la neumología y la cirugía vascular. • Órganos, como la oftalmología y la otorrinolaringología. • Técnicas diagnósticas, como la radiología y la microbiología. • Técnicas terapéuticas y rehabilitadoras, como la farmacología, la cirugía, la ortopedia y traumatología y la rehabilitación. • Enfermedades concretas, como la infectología, la alergología y la psiquiatría. • Actividades humanas, como la medicina de trabajo, medicina del deporte, medicina legal y la medicina preventiva.

    Las especialidades médicas en nuestro país se realizan a través de la selección, mediante un examen nacional, de aspirantes a residencias médicas (ENARM), el cual organiza la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud (CIFRHS) cuyas funciones están expresadas en el artículo tercero del acuerdo que la creó y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1983, 1 esta comisión es un órgano de consulta, asesoría apoyo técnico para las Secretarías de Salud y de Educación Pública y para otras dependencias e instituciones del sector público, así como un ámbito de consenso entre diversas dependencias de los sectores público, social y privado en asuntos de común interés en materia de formación de recursos humanos para la salud.

    La comisión está integrada por un representante de la Secretaría de Salud, de la Secretaría de Educación Pública, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, además del Consejo Nacional de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior, AC, cuenta con un representante de la Academia Nacional de Medicina, AC y uno de los institutos nacionales de salud.

    1. Justificación del proyecto de reformas y adiciones a la Ley General de Salud

    El Consejo Mexicano de Cirugía Plástica Estética y...

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