Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el artículo 70 de la Ley Agraria, con el propósito de reactivar las parcelas escolares para un campo mexicano productivo y con seguridad alimentaria., de 12 de Febrero de 2019

Que reforma y adiciona el artículo 70 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, diputado a la LXIV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 70 de la Ley Agraria, con el propósito de reactivar las parcelas escolares para un campo mexicano productivo y con seguridad alimentaria, bajo la siguiente Exposición de Motivos

Con visión de futuro, el régimen del Presidente Lázaro Cárdenas del Río, tuvo entre otras iniciativas de trascendencia para el desarrollo social de la nación, la creación y el establecimiento de la parcela escolar en las escuelas rurales de México. Una figura de vanguardia educativa para el beneficio de millones de niños y jóvenes.

La parcela escolar, propuesta moderna del Régimen Cardenista tenía como objetivo central mejorar la calidad de vida de la población rural, al inculcar entre los estudiantes del nivel básico el gusto y aprecio por la agricultura, desde el cultivo hasta el procesamiento de productos.

Hoy día en que la realidad nos dice que el campo no es negocio que aliente la incorporación y participación de más personas y que quienes se dedican a las actividades propias del sector son en su mayoría gente de edad avanzada, se hace imperativo reactivar nuevamente las parcelas escolares, de suerte que esta figura educativa se convierta en factor de formación para aquellos profesionistas que demanda el sector rural.

Basta referenciar que en México existen arriba de 31 mil ejidos que al tener por norma legal la cesión de parcelas a escuelas rurales, representan una oportunidad atractiva para el establecimiento de centros de enseñanza y desarrollo académico en el área del desarrollo agrícola, no sólo para la economía de subsistencia, sino también para la investigación y la innovación tecnológica hacia el cultivo de variedades diversas, como círculo virtuoso para generar además un desarrollo sustentable.

La parcela escolar reconocida en la Ley Agraria, es concebida como una figura cuyo destino es la investigación, enseñanza y divulgación de prácticas agrícolas que permitan un uso más eficiente de los recursos humanos y materiales con que cuenta el ejido. No obstante, ya en la práctica no se cumple el objetivo dispuesto.

La realidad es contraria así al propósito por el que se concibe a la parcela escolar, toda vez que esta figura ha dejado de ser un poderoso instrumento para mejorar la capacidad productiva del sector primario de las comunidades rurales y fortalecer así la investigación científica y el emprendimiento agrícola y pecuario, como lo fue durante el auge inmediato a su creación.

Dejó de ser un instrumento motivador entre las nuevas generaciones del ámbito rural por cuanto corresponde al fortalecimiento de la infraestructura escolar y al mejoramiento del sistema de enseñanza-aprendizaje y ser las superficies de tierra destinadas al propósito sólo un dominio más del fundo ejidal.

Respecto a ello, existen casos en donde el manejo de la parcela escolar queda a cargo del ejido a cambio del mantenimiento del plantel educativo. Esta práctica objeta sin embargo el propósito original, toda vez que ello no contribuye a la enseñanza de los estudiantes.

Otra realidad motiva aún más la necesidad de reactivar la operación de las parcelas escolares: el hecho de que el campo...

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