Iniciativa parlamentaria que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de divorcio incausado., de 19 de Abril de 2018

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de divorcio incausado, a cargo del diputado Ramón Villagómez Guerrero, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Ramón Villagómez Guerrero, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 76, numeral 1, fracción II; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la cámara de diputados, presenta a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Civil Federal, conforme a la siguiente: Exposición de Motivos

Al no permitirse en el Código Civil Federal el divorcio a petición de parte, se está vulnerando el derecho al libre desarrollo de la personalidad, y por ende con ello se trunca el proyecto de vida de las personas que ya no desean estar al lado de otra, ni seguir compartiendo un proyecto de vida en común, esta problemática es la que me motiva a presentar ésta iniciativa.

Como bien sabemos el matrimonio es la unión entre dos personas para procurarse respeto y ayuda mutua, en palabras del psicólogo argentino Roberto Viñas dice que el “eje familiar es el vínculo de amor y compromiso de sus miembros”. Por lo tanto cuando un matrimonio ya no cumple con estas expectativas para uno o para ambos cónyuges el matrimonio en lugar de propiciar un ambiente sano, se vuelve una carga, derivado de esta situación los marcos normativos de los estados, han previsto una figura jurídica denominada divorcio, que propicia la separación del vínculo matrimonial dejando a los cónyuges en posibilidad de contraer un nuevo contrato matrimonial.

Como ya sabemos nuestra sociedad evoluciona con el transcurso del tiempo, nuestro derecho de la misma manera debe irse actualizando de acuerdo a las necesidades de la sociedad que se encuentra regulando, de esta manera podemos entender que nuestro Código Civil federal ya tiene algunos años que entró en vigencia, por lo tanto algunas situaciones que prevé en este momento ya se encuentran superadas o desactualizadas, es más algunas situaciones hasta representan situaciones discriminatorias que van en contra de los preceptos constitucionales y este es el caso para la figura del divorcio.

Nuestro Código Civil Federal contempla en su artículo 267 una serie de causales de divorcio que resultan muchas de ellas ser inoperantes, algunas otras son obsoletas, pero otras más graves llegan a ser discriminatorias y por lo tanto violatorias de lo establecido en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta situación deja ver que las causales que se establecen para el divorcio en el Código Civil Federal ya no son funcionales y por el contrario si resultan ser un obstáculo para que las personas terminen sus relaciones maritales de una forma rápida que no cause tanto desgaste en los cónyuges, pero sobre todo a los hijos que resultan ser siempre los más afectados en estos procesos.

La disolución del vínculo matrimonial no debiera representar un procedimiento tan complejo y tan oneroso que obligue a las personas a mantener dicho vínculo aún en contra de su voluntad porque cuando ya no subsiste entre los cónyuges el compromiso de compartir un proyecto de vida en común, se disuelve el lazo emocional que los unió, perdiéndose el sentido de que dos personas se encuentren unidas que es la ayuda mutua y la solidaridad entre los cónyuges, representando un verdadero calvario el tener que compartir la vida con una persona con la que ya no se desea estar ni compartir el proyecto de vida, no importando la causa que fuere.

Por lo que es necesario hacer mención que el juicio de divorcio no debe seguir manteniendo disposiciones que sean discriminatorias, que restringen la libertad de las personas e implican procedimientos desiguales entre hombres y mujeres.

Con ello nos hemos podido percatar de la problemática que representa el seguir manteniendo el divorcio con causales, por lo que el Máximo Tribunal de nuestro país, se ha pronunciado en el...

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