Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, para establecer un nuevo régimen de disolución de matrimonio, sustentado sólo en la voluntad de uno de los cónyuges., de 24 de Octubre de 2017

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

El régimen de disolución del matrimonio establecido en el Código Civil Federal vigente considera una serie de requisitos para la separación de los cónyuges, así como procedimientos para la acreditación de causales que son violatorios de los derechos humanos reconocidos en el título primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Constitución concede a la defensa de los derechos humanos, la mayor jerarquía jurídica, también establece la obligación que tiene el Estado de garantizar el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley, el derecho al desarrollo de la libre personalidad y prohíbe cualquier tipo de discriminación.

No obstante, el Código Civil Federal vigente es contradictorio con dichos principios constitucionales, con las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y con los tratados internacionales suscritos por México en materia de derechos humanos porque es omiso de los derechos y libertades de las personas.

La disolución del vínculo matrimonial no debiera representar un procedimiento tan complejo y tan oneroso que obligue a las personas a mantener dicho vínculo aún en contra de su voluntad porque cuando ya no subsiste entre los cónyuges el compromiso de compartir un proyecto de vida en común, se disuelve el lazo emocional que los unió.

Además, el juicio de divorcio no debe seguir manteniendo disposiciones que son discriminatorias, que restringen la libertad de las personas e implican procedimientos desiguales entre hombres y mujeres.

Con la presente iniciativa se propone derogar todos los aspectos que son violatorios de los derechos humanos y acatar las recientes resoluciones de la SCJN derogando las disposiciones que ya han sido declaradas como inconstitucionales en legislaciones análogas. Tal es el caso de la exigencia de las causales de divorcio cuando no existe mutuo consentimiento entre los cónyuges.

Esta propuesta de reforma plantea un trámite procesal de juicio de divorcio unilateral y sin necesidad de demostrar causal alguna, con lo cual se pretende reivindicar el derecho a la libertad de autonomía de las personas.

Argumentos

El Código Civil Federal data de 1928, y el régimen de disolución de matrimonio establecido en esa época se ha mantenido prácticamente intacto desde entonces. Ello explica por qué razón es omiso de todo el desarrollo que ha habido en materia de derechos humanos y por qué se mantienen aún dentro de los requisitos para disolver el matrimonio, causales que incluso han sido derogadas de nuestro Código Penal Federal...

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