Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el artículo 123 de la Ley Federal de Protección al Consumidor., de 31 de Mayo de 2017

Que reforma y adiciona el artículo 123 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, recibida del diputado Federico Eugenio Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de mayo de 2017

El que suscribe, Federico Eugenio Vargas Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en los artículos 61, 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía reforma del artículo 123 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

La Procuraduría Federal del Consumidor, institución que protege los derechos de los consumidores, garantiza relaciones comerciales equitativas que fortalecen la cultura del consumo responsable y asegura certeza, legalidad y seguridad jurídica dentro del marco normativo de los derechos humanos reconocidos para la población consumidora, donde se tiene un marco normativo para desahogar los procedimientos por infracciones a la ley mismos que dotan de seguridad a los consumidores acerca de los productos y servicios que brindan los proveedores.

Derivado de lo anterior, la Ley Federal de Protección al Consumidor cuenta con un mecanismo para tal efecto, el cual tiene en su estructura lagunas jurídicas, mismas que el actuar propio de los servidores públicos han suplido con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y aun con esta, no se tiene contemplado los tiempos de respuesta entre instituciones públicas u organizaciones privadas para allegarse de información o datos para emitir una resolución administrativa que dote de seguridad jurídica.

Este mecanismo para imponer sanciones a los proveedores que infrinjan la Ley Federal de Protección al Consumidor, contempla el procedimiento que se debe desahogar para determinar si un proveedor es sujeto a una sanción por dicha infracción.

Por lo anterior, en la modificación se considera dar mayores atribuciones a la Procuraduría Federal del Consumidor a efecto de que logren allegarse de mayores elementos para emitir una resolución imparcial, toda vez que con las acotadas facultades con que cuentan es muy fácil que una autoridad judicial, mediante un juicio contencioso...

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