Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente., de 4 de Octubre de 2011

Gaceta Parlamentaria, año XIV, núMero 3361-VI, martes 4 de octubre de 2011 Gaceta Parlamentaria, año XIV, número 3361-VI, martes 4 de octubre de 2011 Iniciativas Que reforma el artículo 3o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Mario Alberto Becerra Pocoroba, del Grupo Parlamentario del PAN, y suscrita por integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Que reforma el artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 2o. de la Ley General de Bibliotecas, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma el artículo 84 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Jorge Rojo García de Alba, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal del Trabajo, y Minera, a cargo del diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rodrigo Pérez-Alonso González, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Teresa Guadalupe Reyes Sahagún, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma los artículos 85 y 90 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Convergencia Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Isabel Meza Elizondo, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ninfa Clara Salinas Sada, del Grupo Parlamentario del PVEM, y suscrita por integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 105 y 182 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del PT Que expide la Ley del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jesús María Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI, y suscrita por integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias Que reforma los artículos 52 y 87 de la Ley de Aviación Civil, a cargo de la diputada Paula Angélica Hernández Olmos, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Leonardo Arturo Guillén Medina, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 7o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo del diputado Óscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma los artículos 5o., 23 y 24 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo del diputado Sabino Bautista Concepción, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Benjamín Clariond Reyes Retana y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 7o. y 31 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Armando Corona Rivera, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 30 y 54 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Sandra Ugalde Basaldúa, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma los artículos 24 y 46 de la Ley Minera, a cargo del diputado Luis Carlos Campos Villegas, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 1165 del Código de Comercio, a cargo del diputado Leonardo Arturo Guillén Medina, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma los artículos 87 y 213 de la Ley de la Propiedad Industrial, a cargo del diputado Leonardo Arturo Guillén Medina, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Leonardo Arturo Guillén Medina, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma los artículos 23 y 159 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Francisco Javier Landero Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN Iniciativas Que reforma el artículo 3o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Mario Alberto Becerra Pocoroba, del Grupo Parlamentario del PAN, y suscrita por integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

El que suscribe, diputado Mario Alberto Becerra Pocoroba y diputados miembros de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 6o., numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa por la que se reforma la fracción XVII, del artículo 3, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, con el propósito de lograr el fin extrafiscal por el cual fue creada la norma, con base en la siguiente Exposición de Motivos

Con fecha 19 de noviembre de 2010, se publicó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), a través del cual, la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, aprobó el dictamen en sentido positivo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la ley del IEPS; con la intención de gravar las bebidas energizantes con 25 por ciento.

Lo anterior, ya que tal y como lo estableció la iniciativa que dio origen al decreto citado, la comercialización libre de las bebidas energizantes, constituye un problema de salud pública. Estudios realizados por la Secretaría de Salud (Ssa) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), han demostrado que las bebidas energizantes están poco controladas, y no cuentan con el aval de las instituciones de salud que aseguren que su consumo no daña la salud.

Continúa argumentando la iniciativa referida que de acuerdo a la legislación sanitaria, el término para referirse a este tipo de productos es el de "bebidas adicionadas con cafeína", por contener más de 20 miligramos de cafeína por 100 mililitros de producto. Cfr. artículo 101, fracción II Bis Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. Entre los efectos en la salud que tienen las bebidas energizantes dependiendo de la susceptibilidad de cada persona, se encuentran: Intoxicación. Dolor de cabeza. Agitación psicomotora. Hipertensión arterial. Taquicardias. Hiperactividad. Nerviosismo. Vómito.

Por su parte, la Comisión de Hacienda y Crédito Público, argumentó al interior del dictamen, que compartía las razones expresadas en la iniciativa que se dictaminó, en virtud de que la comercialización libre de las bebidas energetizantes, cuyos ingredientes principales son la cafeína y la taurina, entre otras sustancias, ha puesto en riesgo la salud de las personas que las consumen. Lo anterior se agrava cuando entre los jóvenes se ha identificado que existe un consumo inmoderado de alcohol aunado a la práctica dañina de adulterar las bebidas energetizantes, lo que constituye un problema de salud pública por los posibles efectos dañinos que provocan.

En el mismo sentido, la Revista del Consumidor en su edición de marzo 2011, estableció que el consumo de bebidas energizantes ha experimentado una notable expansión en los últimos años. Tal crecimiento se debe, precisamente, a la necesidad de las personas de recuperar la energía perdida, lo que está íntimamente relacionado con las altas dosis de cafeína que contienen estas bebidas. Por otro lado, en diciembre del año pasado, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió un comunicado en el cual reitera que mezclar bebidas energéticas con alcohol representa un riesgo para la salud. "Los efectos depresores del alcohol son enmascarados por las bebidas energéticas, pero el nivel de alcohol en el cuerpo y sus efectos nocivos no se reducen de ninguna manera".

Bajo dicho contexto, la LXI Legislatura decidió aprobar el gravamen en materia de bebidas energetizantes, con la intención de desincentivar su consumo derivado de los problemas en salud anteriormente citados; no obstante lo anterior, las empresas productoras de bebidas energizantes encontraron la forma de evadir el supuesto normativo, es decir, ser no sujetos del gravamen ya que no encuadran con la hipótesis normativa de sujeción, lo anterior, ya que la redacción del artículo 3o., fracción XVII, de la ley del IESP, dispone que: Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entiende por: ... XVII. Bebidas energizantes, las bebidas no alcohólicas adicionadas con la...

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