Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el artículo 265 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales., de 22 de Agosto de 2012

Que reforma y adiciona el artículo 265 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, recibida del diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 22 de agosto de 2012

Planteamiento del problema

A través de la historia del voto en México se ha experimentado un largo y difícil camino, que hoy pasa por tiempos en que se nos permite ejercer el sufragio de manera libre y democrática.

Dicho proceso, acompañado de las grandes transformaciones políticas y sociales, ha ido surcando el campo de la perfectibilidad del voto, luchando por plasmar en la legislación una dinámica que aporte todo su potencial a los objetivos de democracia, universalidad y libertad.

Se lograron en su momento reformas indispensables para garantizar lo que hoy tenemos la fortuna de vivir. Desde el voto femenino hasta la creación del Instituto Federal Electoral y su reconocimiento como órgano constitucionalmente autónomo, se ha ido perfeccionando el proceso de votación.

Una de las tareas encomendadas al nuevo órgano electoral fue la realización de un nuevo padrón electoral y, con ello, la entrega de una identificación que acreditaba al ciudadano como tal otorgándole la posibilidad de votar. Dicha cédula se aprobó como la conocemos hoy (es decir, con la respectiva fotografía) en 1992, representando años de esfuerzo y lucha política en millones de credenciales para sufragar.

Desde hace algunos sexenios, la credencial de elector se ha convertido en elemento indispensable para llevar a cabo el derecho al voto, ya que si no se tiene o no se encuentra vigente, el ciudadano pierde tal derecho.

El objetivo de la presente iniciativa es, más que intentar realizar una simple reforma en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, garantizar a los ciudadanos el derecho constitucional a ejercer el sufragio (señalado en el artículo 35 de la Carta Magna): Artículo 35. Son derechos del ciudadano I. Votar en las elecciones populares; II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación; ...

Queda claro que como prerrogativa del ciudadano, debería haber en...

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