Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), en materia del voto de los mexicanos en el extranjero., de 18 de Marzo de 2003

QUE REFORMA Y ADICIONA EL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES (COFIPE), EN MATERIA DEL VOTO DE LOS MEXICANOS EN EL EXTRANJERO, PRESENTADA POR LA DIPUTADA IRMA PIÑEYRO ARIAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL MARTES 18 DE MARZO DE 2003

Con fundamento en el derecho que me concede el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en atención a lo que se ha expuesto y debatido en los foros sobre el voto de los mexicanos en el extranjero, que se realizaron en la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, el 6 de diciembre de 2002; en Chicago, Illinois, el 1º de febrero de 2003 y en Los Angeles, California, el 19 de febrero de 2003, por académicos, políticos, gobernadores, senadores, organizaciones de migrantes, los migrantes mismos de manera individual, la suscrita diputada federal a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, me permito someter a la consideración de esta asamblea la presente iniciativa de reformas y adiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), a fin de regular el voto de los mexicanos en el extranjero, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Los mexicanos fuera de territorio nacional no ejercen ningún derecho político en nuestro país, lo cual es notoriamente inequitativo para quienes siguen ligados a sus comunidades y lugares de origen por lazos familiares, culturales y comunitarios.

Esto toma una importancia relevante si se considera que más de ocho millones de connacionales residentes en los Estados Unidos de América son nacidos en nuestro país y más de veinte millones son de origen o de familia mexicana. Contribuyen en forma notable y ostensible a su economía, por la aportación de su trabajo y como consumidores integrantes de un mercado cada vez más importante en términos relativos y absolutos.

Hoy en día las fuerzas sociales obligan a los gobiernos a prescindir progresivamente de autoritarismos. México está profundamente imbuido en ese proceso que exige que se universalicen los derechos, que las leyes reconocen y que en el ejercicio político no se ha podido instaurar. Poner en práctica la prerrogativa constitucional para hacer extensivo el derecho al voto, no restringir a nadie sus derechos ciudadanos, no depende simplemente de la voluntad de hacerlo, aunque desde luego, ésta señala el comienzo del proceso.

Los legisladores debemos ser conscientes de que proponer que se les otorgue el voto a los residentes fuera del territorio nacional, no es ciertamente un acto generoso, sino el reconocimiento de un derecho legítimo que hasta ahora se les ha coartado y que debemos reconocer.

No olvidemos que el hecho de que permanecer en otro país, casi siempre por razones económicas de desarrollo personal y familiar, no implica de ninguna manera desarraigo ni desinterés. La cuantiosa aportación monetaria a familias, ejidos, comunidades y municipios, es muestra evidente de su preocupación, del vínculo que mantienen con el país donde están sus raíces, sus ancestros, sus tradiciones y sus afectos.

En concordancia con la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, la...

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