Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, respecto a la reproducción asistida., de 8 de Abril de 2010

Gaceta Parlamentaria, número 2984-I, jueves 8 de abril de 2010 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2984-I, jueves 8 de abril de 2010.

Iniciativas Q ue adiciona el artículo 218 Bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, y General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, suscrita por las diputadas Ninfa Salinas Sada y Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, de los Grupos Parlamentarios de los PVEM y del PAN, respectivamente Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Organizaciones Ganaderas, a cargo del diputado Julián Nazar Morales, del Grupo Parlamentario del PRI, y suscrita por integrantes de la Comisión Especial de Ganadería Q ue reforma el artículo 10 de la Ley General de Población, a cargo del diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, del Grupo Parlamentario del PT Q ue reforma el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Elsa María Martínez Peña, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Q ue reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Hugo Círigo Vásquez, del Grupo Parlamentario de Convergencia D e decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre del estadista Adolfo López Mateos, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma los artículos 16 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juventino Víctor Castro y Castro, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma el artículo 103 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT Q ue reforma los artículos 14, 33 y 42 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Q ue reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Héctor Guevara Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma los artículos 20, 21 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Araceli Vázquez Camacho, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María del Pilar Torre Canales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Q ue reforma el artículo 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Francisco Alejandro Moreno Merino, del Grupo Parlamentario del PRI Q ue reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario del PRD Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del PRI

Iniciativas

QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 218 BIS A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, A CARGO DEL DIPUTADO GERARDO DEL MAZO MORALES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA

Gerardo del Mazo Morales, diputado federal a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, y los correlativos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 218 Bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

En todas las economías del mundo, el Estado y sus instituciones deben encargarse de dar contenido y perfil al desarrollo económico y social.

En este contexto y observando el pobre desempeño de nuestra economía en los últimos años, es necesario y urgente reformar y reforzar nuestros instrumentos jurídico-económicos para posibilitar niveles de crecimiento positivo, estable y sostenido de nuestra economía, sobre todo a la luz de la crisis financiera internacional que hizo evidentes los problemas estructurales que presenta nuestro mercado interno y que retroalimentan los insuficientes y erráticos resultados obtenidos en los últimos años en términos de desarrollo económico de nuestro país. 1

El contexto económico internacional y nacional nos obliga como legisladores a diseñar y proponer alternativas de política fiscal que posibiliten compensar la fuerte caída de nuestra economía durante el 2009. 2 Sobre todo a la luz de los pobres resultados obtenidos en el desarrollo económico de México.

Una salida a esta preocupante situación, es sin duda incrementar por las vías posibles, los recursos destinados al desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y el desarrollo de nuevos productos.

En este sentido, nuestro país debe posibilitar, mediante apoyos fiscales, el desarrollo integral de la Ciencia y Tecnología, con el fin de alcanzar en el corto plazo la meta de destinar el 1 por ciento de Producto Interno Bruto a este sector tan importante.

Por ello, estamos obligados a incrementar sistemática y consistentemente los recursos destinados a investigación y desarrollo con el fin de transformar realmente al sector productivo y generar bienes y servicios de mayor valor agregado

Recordemos que la importancia que tiene el desarrollo de la ciencia y la tecnología es estratégica, ya que repercute en el nivel de la competitividad de las empresas y en el ingreso per cápita.

Esta iniciativa, propone reformar la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con el fin de posibilitar la instrumentación de incentivos fiscales que permitan que los agentes económicos y las universidades desarrollen la ciencia y la tecnología en México.

Esta reforma, en Nueva Alianza, la proponemos y promoveremos, teniendo claro que para alcanzar estabilidad y desarrollo económico, es necesario que el Estado asuma estratégicamente el compromiso de apoyar por todas las vías e instrumentos, el desarrollo de la ciencia y la tecnología, creando los incentivos necesarios para el desarrollo de nuevos productos con el fin de detonar crecimiento económico y círculos virtuosos en la economía, propiciando inversión, empleo, ingreso y competitividad.

Por lo anterior, como diputado integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, comprometido con la implementación de cambios legislativos dirigidos hacia una mejoría social, propongo la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un artículo 218 Bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo Primero. Se adiciona el artículo 218 Bis a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 218 Bis. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta por los proyectos en investigación y desarrollo tecnológico que realicen en el ejercicio, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al 35% de los gastos e inversiones realizados en el ejercicio en investigación o desarrollo de tecnología, contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en que se determine dicho crédito. Cuando dicho crédito sea mayor al impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en el que se aplique el estímulo, los contribuyentes podrán aplicar la diferencia que resulte contra el impuesto causado en los diez ejercicios siguientes hasta agotarla.

Para los efectos de este artículo, se considera como investigación y desarrollo de tecnología, los gastos e inversiones en territorio nacional, destinados directa y exclusivamente a la ejecución de proyectos propios del contribuyente que se encuentren dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción, que representen un avance científico o tecnológico, de conformidad con las reglas generales que publique el Comité Interinstitucional a que se refiere la Ley de Ingresos de la Federación.

El monto total del estímulo fiscal a distribuir entre los aspirantes del beneficio, así como los requisitos que se deberán cumplir, serán los que contemple la Ley de Ingresos de la Federación en esta materia y para su aplicación se estará a las reglas que expida el Comité Interinstitucional a que se refiere el párrafo anterior.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

  1. El promedio de crecimiento económico de los últimos diez años es de sólo 3% anual, SHCP.

  2. El crecimiento del PIB en el primer semestre de 2009 será negativo en (-7.2%). Banco de México.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2010.

    Diputado Gerardo del Mazo Morales (rúbrica)

    QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Y DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, A CARGO DEL DIPUTADO MARCO ANTONIO GARCÍA AYALA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

    El que suscribe, diputado Marco Antonio García Ayala, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, somete a...

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