Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley General de Salud., de 24 de Noviembre de 2011

Gaceta Parlamentaria, año X, número 2221-I, martes 27 de marzo de 2007 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2221-I, martes 27 de marzo de 2007.

Iniciativas Que reforma el artículo 190 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma los artículos 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del Grupo Parlamentario Alternativa. Que reforma los artículos 373 y 377 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Juan de Dios Castro Muñoz, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mónica Fernández Balboa, del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, a cargo del diputado Alberto Esteva Salinas, del Grupo Parlamentario de Convergencia. Que reforma los artículos 162 y 264 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Leonardo Magallón Arceo, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma los artículos 41 y 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Miguel Ángel Peña Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Felipe Díaz Garibay, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social; del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Neftalí Garzón Contreras, del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Luis Alonso Mejía García, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Sergio Hernández Hernández, del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 3o. de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 232-D de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Nabor Ochoa López, del Grupo Parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD.

Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 190 DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Los que suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Exposición de Motivos

Para una democracia moderna, suena ilógico que se permitan las campañas hasta tres días antes de las elecciones y que no se permita la difusión de encuestas o sondeos de opinión en el mismo periodo. Por esa razón se propone homologar el cierre del periodo para difundir los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos con el cierre de campañas.

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de

Decreto de reforma del artículo 190 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Artículo Único. Se reforman el párrafo cuarto del artículo 190 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 190 1. Las campañas electorales…

  1. El día de la jornada electoral…

  2. Quien solicite u ordene…

  3. Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hicieren, a las penas aplicables a los que incurran en alguno de los tipos previstos y sancionados en el artículo 403 del Código Penal para el Distrito Federal en materia de Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal.

  4. Las personas físicas o morales…

  5. El Instituto, a petición de… Transitorio

    Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 27 de marzo de 2007.

    Diputado Horacio Emigdio Garza Garza (rúbrica)

    QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 41 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 38 DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, A CARGO DE LA DIPUTADA ELSA DE GUADALUPE CONDE RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO ALTERNATIVA

    La suscrita, Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario de Alternativa Socialdemócrata y Campesina, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa de decreto que adiciona un tercer párrafo a la fracción I del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y reforma el artículo 38 inciso s) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    La presente iniciativa de reforma y adición al artículo 41 constitucional, y al artículo 38 inciso s) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales pretende elevar a rango constitucional el derecho de las mujeres a participar con equidad e igualdad de oportunidades en la vida política del país. Busca, que los partidos políticos garanticen a través de la postulación de sus candidaturas para presidencias municipales, regidores y síndicos una participación mayor de mujeres a estos puestos de elección popular. Su propósito es equilibrar la representatividad y participación de ambos géneros a nivel municipal.

    Las mujeres mexicanas han ido ganando espacios de toma de decisiones y cargos de representación popular, pero lo que llama la atención es lo que sucede en el entorno local y los gobiernos municipales, en cuanto a la persistencia de dificultades para acceder a dichos espacios.

    El municipio es la organización político-administrativa que se encuentra más próxima y visible a la ciudadanía. Por ello la importancia de fortalecer la participación de las mujeres en el ámbito municipal.

    Varios países de América Latina no han sido ajenos a esta problemática y en la mayoría de ellos, siguiendo el modelo europeo, especialmente de España, han adecuado sus legislaciones y han dictado e implantado planes de igualdad de oportunidades con diversos contenidos y alcances.

    México, en relación a la representación femenina a nivel municipal, ocupa el último lugar en América Latina y muestra un estancamiento y un grave problema del proceso de la alternancia, al contar con una mínima representación de mujeres que desempeñan cargos de elección popular en estos niveles.

    Los municipios como gobierno local se encuentran ante un prolongado y difícil proceso de transición y su gestión exige diseños y arreglos institucionales adecuados a las nuevas competencias y retos.

    Actualmente existen 2 mil 438 municipios en el territorio nacional, de los cuales sólo 88 son representados por mujeres, lo que corresponde al 3.6 por ciento del total de los municipios del país. Esta misma proporción se presenta desde hace dos décadas y nunca ha llegado ni superado el 4 por ciento. 1

    Para el año 2003, tan sólo el 6.8% de los puestos de síndicos y el 15.9% de los regidores, estaban representados por mujeres. Lo que muestra desigualdad de género en la representación y dirección de los ayuntamientos.

    Presencia femenina en los Gobiernos Municipales

    Marzo 2002

    Cargo Porcentaje de mujeres

    Presidencias municipales 3.6 por ciento

    Síndicos 6.8 por ciento

    Regidores 15.9 por ciento

    Fuente: Centro Nacional de Desarrollo Municipal. Secretaría de Gobernación

    En febrero de 2004, en 13 de los 31 estados no había ni una presidenta municipal, lo que representaba el 41.9 por ciento del total. En 18 estados existían 86 presidentas municipales, sobresaliendo los casos de...

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