Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Civil Federal, Federal de Procedimientos Civiles, y Penal Federal, así como de las Leyes Federal del Trabajo, y para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes., de 15 de Diciembre de 2010

Gaceta Parlamentaria, año XIV, núMero 3162-A-V, miércoles 15 de diciembre de 2010 Gaceta Parlamentaria, año XIV, número 3162-A-V, miércoles 15 de diciembre de 2010 Iniciativas Que reforma el artículo 18 de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Hugo Héctor Martínez González, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 12 y 17 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado José Óscar Aguilar González, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 30 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 220 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Janet Graciela González Tostado, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 131 y 132 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Agustín Torres Ibarrola, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, a cargo del diputado José Óscar Aguilar González, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Enrique Torres Delgado, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Civil Federal, Federal de Procedimientos Civiles, y Penal Federal, así como de las Leyes Federal del Trabajo, y para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por integrantes de la Comisión Especial para la Familia Iniciativas Que reforma el artículo 18 de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Hugo Héctor Martínez González, del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 18 de la Ley General de Turismo, bajo la siguiente Exposición de Motivos

  1. Antecedentes

    Podemos vislumbrar un amplio número acciones e instrumentos internacionales que protegen a la población con discapacidad y que brindan a dicha población la certidumbre jurídica que les permite gozar de todos los beneficios que tiene cualquier individuo en la sociedad.

    Tal es el caso del acceso al turismo y el ocio como elementos básicos de la vida cotidiana de cualquier individuo en nuestra sociedad. Ambos constituyen un derecho al que; sin embargo, numerosas personas, por motivos de discapacidad, edad u otras razones, no pueden acceder o lo hacen con grandes dificultades debido a que las infraestructuras y equipamientos no presentan las condiciones de accesibilidad adecuadas a sus necesidades.

    Algunos de los instrumentos y acciones emprendidas en materia de protección de la población con discapacidad en el mundo son: La Declaración Universal de los Derechos Humanos, promulgada por la Naciones Unidas en 1948. Declaración de los Derechos de los Impedidos en 1975. El Año Internacional de los Minusválidos declarado en 1981 por las Naciones Unidas. Este acontecimiento estuvo marcado por un cambio significativo de actitud hacia este grupo de población. El Programa de Acción Mundial hacia los Impedidos, aprobado en 1982 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Este programa nació como consecuencia del Año Internacional de los Minusválidos y tenía como propósito promover medidas eficaces para prevenir la accesibilidad y rehabilitar y cumplir la meta de participación plena de las personas con discapacidad. La Conferencia Europea de Accesibilidad de los Edificios Públicos en 1987.

    Una de las declaraciones más importantes en cuanto a los derechos de las personas con discapacidad fue el que aprobaron las Naciones Unidas, el 20 de diciembre de 1993, las Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, cuya finalidad es garantizar que niñas y niños, mujeres y hombres con discapacidad, en su calidad de miembros de sus respectivas sociedades, puedan tener los mismos derechos y obligaciones que los demás.

    Dichas normas en su artículo 11, referente a actividades recreativas y deportivas, establece que "los Estados deben adoptar medidas encaminadas a asegurar que las personas con discapacidad tengan igualdad de oportunidades para realizar actividades recreativas y deportivas". 1. Los Estados deben iniciar medidas para que los lugares donde se llevan a cabo actividades recreativas y deportivas, los hoteles, las playas, los estadios deportivos y los gimnasios, entre otros, sean accesibles a las personas con discapacidad. Esas medidas abarcarán el apoyo al personal encargado de programas de recreo y deportes, incluso proyectos encaminados a desarrollar métodos para asegurar el acceso y programas de participación, información y capacitación. 2. Las autoridades turísticas, las agencias de viaje, los hoteles, las organizaciones voluntarias y otras entidades que participen en la organización de actividades recreativas o viajes turísticos deben ofrecer sus servicios a todo el mundo, teniendo en cuenta las necesidades especiales de las personas con discapacidad. Deben impartirse formación adecuada para poder contribuir a ese proyecto.

  2. Consideraciones

    El turismo es un fenómeno social que concierne a prácticamente toda nuestra sociedad, donde las personas con discapacidades comparten los mismos anhelos que los demás en cuanto al disfrute de su tiempo libre. Las demandas de ocio de las personas con discapacidad son las correspondientes a su edad y condición social, pero se ven frecuentemente truncadas por las dificultades impuestas por el entorno.

    La participación en plenitud en la vida social ha de considerar el enriquecimiento espiritual y el disfrute del tiempo libre, que privilegiadamente disponemos al vivir en una sociedad, accediendo a las actividades culturales y recreativas que dignifican la condición humana, donde deben encontrar una accesibilidad física en todos los lugares públicos todas las personas, sin excepciones.

    La posibilidad de utilización autónoma del tiempo libre sería quizá la máxima expresión de una sociedad plenamente inclusiva de las personas con discapacidad, y es evidente que aquí estamos muy lejos de conseguir ese objetivo, no sólo por las dificultades arquitectónicas y las del transporte, sino también por las de información y servicio adecuado por parte del personal de atención al público. La realidad configura un sector de turismo y ocio habitualmente vetado para las personas con discapacidad.

    El alcance que adquiere la consecución de políticas encaminadas a la integración de las personas con discapacidad a las infraestructuras y servicios turísticos encuentra su significado en las cifras y estadísticas que nos ofrecen las diferentes organizaciones nacionales e internacionales.

    Hay en el mundo más de 500 millones de personas con discapacidad (mental, física o sensorial), Son cifras que permiten vislumbrar la existencia de un amplio segmento de mercado con necesidades específicas de viajar, pero con limitaciones estructurales o coyunturales motivadas por una realidad que les impide practicar actividades turísticas. Es aquí donde reside la importancia y el verdadero sentido de responsabilidad y empatía que deben asumir los diferentes sectores público y privado involucrados en la actividad turística.

    Específicamente en México, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha calculado una población discapacitada del 14 por ciento, es decir, aproximadamente 14 millones de mexicanos padecen alguna discapacidad física o mental. Si consideramos que, en nuestra clasificación de personas con capacidades diferentes incluimos también a las personas de la tercera edad, este porcentaje se eleva considerablemente, teniendo en cuenta que el aumento de la expectativa de vida de la población en el mundo, especialmente en los países desarrollados.

    Si consideramos que las personas discapacitadas al igual que todos los mexicanos, tienen derecho al sano esparcimiento y son un sector muy importante al que se le debe brindar servicios de recreación y turismo, también implica que por su condición no pueden viajar solos y en muchas ocasiones se hacen acompañar de su familia, de acuerdo al INEGI, se considera en promedio 4.5 miembros por familia. Si se permite un margen de error optimista a la cifra de la OMS y se acepta una población de 10 millones de discapacitados, la estimación conjunta de estos discapacitados con sus familiares, resulta en una población directamente involucrada de 45 por ciento de nuestra población, esta cifra estratosférica corresponde casi a la mitad de la población de México.

    No podemos negar los enormes beneficios económicos y sociales que produce la actividad turística. Nuestro país en décadas pasadas concentro los esfuerzos en el desarrollo del turismo, creándose importantes centros turísticos de fama internacional. Las políticas implementadas permitieron crear la infraestructura de servicios sumamente atractiva que generó importantes divisas para México. Aunque en los últimos años el sector turístico se ha visto devaluado por el poco impulso a esta actividad que incluso llevo a plantear la desaparición de la Secretaria de Turismo.

    El Poder Legislativo por su parte y con el acuerdo de diversos grupos parlamentarios, el 17 de febrero del 2009 presentaron ante el Pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa para crear la Ley General de Turismo y a su vez derogar la Ley Federal de Turismo.

    Aun así, los esfuerzos para insertar a la población con discapacidad en los beneficios que ofrece el sector turístico, se ha visto limitada a pesar de la inserción del...

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