Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social., de 28 de Enero de 2009

Gaceta Parlamentaria, miércoles 28 de enero de 2009 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2685-IIX, miércoles 28 de enero de 2009.

Iniciativas Q ue reforma la fracción III del artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo del diputado Fidel Antuña Batista, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del senador Fernando Castro Trenti, del Grupo Parlamentario del PRI. Q ue adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD. Q ue establece el 12 de agosto como Día Nacional de la Juventud, a cargo del diputado Fidel Antuña Batista, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue adiciona el artículo 30, Capítulo II, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado Carlos Augusto Bracho González, del Grupo Parlamentario del PAN. Q ue reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo del senador Humberto Aguilar Coronado, del Grupo Parlamentario del PAN, y suscrita por diversos legisladores.

Iniciativas

QUE REFORMA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 231 DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR, A CARGO DEL DIPUTADO FIDEL ANTUÑA BATISTA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concordantes con el diverso 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Primero. El progreso de una nación se cimenta en una cultura de legalidad eficiente que brinde a su sociedad un verdadero estado de derecho, es decir, se fundamenta en la observancia e irrestricto respeto de la ley que acceda a una convivencia pacífica, sana y donde se garantice el disfrute de una vida y patrimonio seguros.

Lo anterior depende de la confianza de la ciudadanía en su gobierno y en las leyes que lo rigen. En este tenor el gobierno mexicano promueve y mantiene constantes esfuerzos para que la actuación de funcionarios y servidores públicos responda a las demandas de la sociedad, siendo transparente para asegurar el respeto a sus derechos mediante la aplicación de la ley. Por tanto, el Estado tiene obligación de adecuar el marco legal a los constantes cambios de la sociedad y que ante la sofisticación de la delincuencia, responda a ser un sistema justo en torno a su realidad nacional.

Segundo. La sociedad mexicana requiere de un marco jurídico moderno, suficiente, claro y sencillo que norme de manera efectiva la administración del país en todos sus sentidos: económico, social, cultural, financiero, tecnológico, de comercio, etcétera, a efecto de que se combata y castigue la arbitrariedad, la corrupción y la impunidad, y que al mismo tiempo amplíe espacios de escrutinio social.

En el mismo sentido, el gobierno de la república, en su Plan Nacional de Desarrollo, particularmente el de la administración 2007-2012 establece en su primer eje rector el compromiso de trabajar estrechamente con la sociedad y los poderes Legislativo y Judicial, para que se respeten de manera absoluta los derechos humanos, y sean debidamente tutelados por la legislación, teniendo como uno de sus objetivos: Garantizar la protección a los derechos de propiedad

Uno de los pilares del desarrollo de un país y de la seguridad de los ciudadanos es la protección a los derechos de propiedad. La ley debe garantizar a las personas, familias, comunidades y empresas que las posesiones que han obtenido legítimamente no habrán de perderse, sino que podrán ser aprovechadas en su propio beneficio."

En este se dispone la estrategia proteger la propiedad intelectual, toda vez que los delitos vinculados a este derecho desalientan la innovación de diversos sectores, la cual advierte "…cumplir con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales en la protección de los derechos de autor y de las patentes, mediante aseguramientos de mercancía y acciones de carácter preventivo en las aduanas, para impedir el ingreso de productos ilegales al país". Tercero . Estos compromisos se deben entre otras cosas a la trascendental problemática que México cursa desde aproximadamente los años setenta, en cuanto al fenómeno llamado "piratería", el cual trae consigo repercusiones económicas y en especie en varios sectores industriales, especialmente en el cine , pues además afecta a la sociedad en general porque devasta la planta productiva, lo cual genera desempleo. Por ello, los derechos de autor han sido un mecanismo que otorga como pago al esfuerzo invertido en el desarrollo de una creación intelectual, y constituyen la vía más importante para fomentar la creatividad y sostener a las industrias que se relacionan con éste.

Ante lo expuesto, la industria de los medios (entre las cuales se encuentra la cinematográfica) ha tomado acciones firmes para frenar el robo de sus obras, ya sea colaborando con otras empresas de cine y video con acciones preventivas; revisando las estrategias de precios y calendarios de estrenos, así como cerrando los procesos de distribución para controlarlos y evitar filtraciones.

Cuarto . Se ha advertido que la piratería en la industria fílmica ha sido controlada por organizaciones criminales, que cuentan con poder e infraestructuras bien constituidas, pues ante la innovación tecnológica de información y comunicaciones, las copias de obras fílmicas hoy se pueden obtener de varias formas: Copias promocionales: Esta es la forma más común de piratería. Las copias promocionales (con código de tiempo grabado) se envían comúnmente a diversos territorios para doblaje y subtitulaje, de ahí que los piratas obtienen estas copias y las replican en todos los formatos incluyendo el disco de video digital (DVD).

Masterizadores digitales: En este caso presentan mayor calidad pues las obras normalmente son proporcionadas por gente infiltrada en la empresa o terceras partes afiliadas al proceso.

Importaciones paralelas: Esta modalidad ocurre cuando los territorios hacen el lanzamiento en diferentes fechas, propiciando la obtención del producto a través de un país vecino que importó la película antes del estreno oficial.

Copias de DVD legales: Aquí las películas se compran en el mercado abierto y son reproducidas para distribuirlas en Internet o en discos quemados. Esta forma de piratería generalmente golpea al mercado de los videos caseros.

El pirateo por software es otra amenaza más reciente, la cual consiste en copiar y distribuir contenido pirata a través de Internet en los siguientes formatos:

– Protocolo de transferencia de archivos: Permite a los usuarios descargar archivos de otras computadoras en Internet. Es un modo sencillo de distribuir contenido a un número determinado de usuarios.

– Tecnología punto a punto: Es un tipo de tecnología que permite a los usuarios acceder entre ellos a un parte de los discos duros y copiar archivos de una computadora a otra. A diferencia del modelo cliente/servidor, el contenido se almacena en el disco del usuario de la computadora, haciendo difícil descubrirlo y desactivar los sitios piratas.

– Internet relay chat: Es un sistema para chatear en Internet donde los usuarios intercambian información y contenidos digitales entre ellos en tiempo real.

Lugares públicos abiertos o cerrados tales como salas cinematográficas, videosalas, transportes y otros donde pueda efectuarse la exhibición : Las películas exhibidas en estos lugares pueden ser grabadas con una cámara digital en formatos DVD, VHS o VCD (o bien colocarse en Internet para descargarse). Quinto . El fenómeno de la piratería crece de manera indiscriminada más aún a través del software ya que su naturaleza es internacional; esto hace difícil la persecución del delito. Ante tal situación, este acto delictivo se ha convertido en una de las prioridades para el Gobierno Federal Mexicano pues afecta a un importante sector productivo de nuestro país, por lo que ha enfocando sus esfuerzos a combatir este fenómeno en un entorno reactivo-correctivo dado que la introducción de las tecnologías de la información y comunicación y su acelerado desarrollo han tenido que impulsar gestiones que vayan a la par de este dinamismo.

No obstante parte esencial para el combate de este delito, es el desarrollo de mecanismos preventivos que impulsen la cultura de la legalidad. En este tenor y a efecto de coadyuvar a prevenir el incremento y expansión de esta transgresión al marco jurídico legal y de derechos humanos, en materia de derechos de autor y de propiedad industrial, se deben implementar acciones legales que accedan el blindar a una parte importante del sector de servicios de la industria cinematográfica: salas cinematográficas, videosalas, transportes públicos y otros, en el sentido de utilizar artefactos, dispositivos y/o equipos de audio, fotografía, video y/o comunicación, periféricos y consumibles, para realizar grabaciones de películas en estos establecimientos o lugares.

Lo anterior se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que señala: "Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan en razón de sus producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora", concordante con los diversos 1, 2, 3, 4 y 16 de la Ley Federal del Derecho de Autor, así como 5, 6 y 9 de la Ley Federal de Cinematografía, 2 fracciones V y VI, y 6 fracción...

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