Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo., de 25 de Noviembre de 2004

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, A CARGO DE LA DIPUTADA MAYELA QUIROGA TAMEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Exposición de Motivos

Mayela Quiroga Tamez, diputada de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita que se turne a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa.

Los niños constituyen una parte fundamental del Estado Mexicano. La atención que les brinda la familia y la propia sociedad civil, así como la responsabilidad y obligación que tiene el Estado de tener políticas públicas para que sean estas un elemento de suma importancia para su desarrollo psicológico y social. Empero, las actuales condiciones socioeconómicas del país han contribuido a que un gran número de jóvenes y niños menores de dieciocho años tengan que llevar a cabo funciones laborales en los distintos ámbitos de la vida productiva de la Nación. Es una realidad que no se puede soslayar, ya que a medida que transcurre el tiempo aumentan los problemas económicos de las familias mexicanas, un sin fin de niños tienen que hacerle frente a la vida para ayudar a sus padres o simple y llanamente poderse ellos mismos sostener, descuidando la educación que deben recibir para su mejor desarrollo y progreso individual en la sociedad en la que viven.

Lo más valioso que puede recibir un individuo, después del goce de su vida y su libertad, es sin duda alguna la educación, la cual permitirá que su desarrollo sea en bien de sí mismo y en bien de la colectividad. De ello depende en gran medida el progreso social de toda Nación, combatiendo al mismo tiempo los problemas económicos que padece cualquier pueblo. En tal virtud, es necesario que nuestros pequeños que se encuentren trabajando reciban en forma imperiosa la educación básica obligatoria que imparte el Estado. Esto conllevará a preparar al niño a una vida independiente en sociedad y tener siempre presente en su conciencia el espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad. Además de que estén mejor preparados para los retos de la competitividad por la que pasa el país.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo , párrafos 6, 7 y 8 reconoce y garantiza los derechos humanos de los cuales gozan nuestros niños y niñas, tal y como lo establece textualmente:

Artículo 4°.- ...

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Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación, y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Los ascendientes, tutores, y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

Ante el contexto real que viven una buena parte de nuestros niños mexicanos, es preciso llevar a cabo una serie de reformas y adiciones a la legislación laboral vigente, a efecto de que ellos puedan seguir trabajando sin descuidar o dejar por entero la educación básica obligatoria que deben recibir por parte del Estado, con la vigilancia de la sociedad y de su familia, quienes deben velar y responsabilizarse de que reciban constantemente dicha educación hasta que terminen con la misma. En este sentido, queda prohibido la utilización del trabajo a los menores de catorce años y de los mayores de esta edad y menores de dieciséis años que no hayan terminado su educación básica obligatoria, salvo los casos de excepción que apruebe la autoridad correspondiente en que a su juicio haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo.

Estudios realizados por el DIF Nacional y la UNICEF en el 2002-2003 en el segundo estudio en cien ciudades de niñas, niños y adolescentes trabajadores, indican que la edad mas frecuente de ingreso al trabajo en nuestro país es a partir de los diez años, por debajo de la edad legal permitida. Aunque las actividades laborales que las niñas y niños desempeñan es muy amplia, es posible clasificarlas en cuatro, grupos básicos: primero, el 38.9 % de ellos trabajan como empacadores en tiendas de autoservicio; segundo, el 31.1% se dedican al comercio, principalmente ambulante y en vía publica; un tercer grupo, que representa el 16.6%, trabaja en actividades que pueden clasificarse como servicios de ayudas y mendicidad, que incluye casi, cualquier tipo de tareas de apoyo (cargador y ayudante), u oferta de servicios en las calles (limpia parabrisas, franelero, lavacoches); y finalmente, un cuarto grupo que comprende a los menores de cinco años de los cuales 73.5% son acompañantes de adultos, quienes en su mayoría se dedica a la venta...

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