Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y del Código de Comercio., de 30 de Abril de 2008

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE VIVIENDA, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Y DEL CÓDIGO DE COMERCIO, A CARGO DEL DIPUTADO OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, diputado Federal Octavio Martínez Vargas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona las fracciones I, IV y VIII del artículo 6; las fracciones V, XI, XIV y XV del artículo 19; la fracción I del artículo 42; el tercer párrafo del artículo 54; los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 55; y el primer párrafo del artículo 75; la a fracción VIII Bis al artículo 19; un tercer párrafo al artículo 47; un párrafo segundo al artículo 55, por lo que los párrafos segundo y tercero originales pasan a ser tercero y cuarto, y se agrega el artículo 71 Bis, de la Ley de Vivienda; se adicionan los artículos 387 Bis 1 al 387 Bis 8 del Código Penal Federal, se reforma el artículos 7 Bis; la fracción V del artículo 73 Bis; los párrafos primero y segundo de la fracción XIII del artículo 73 Ter; y la fracción I del artículo 128 Ter. Se adicionan un segundo párrafo al artículo 7 Bis, quedando el párrafo original como párrafo primero; un segundo párrafo a la fracción II del artículo 66; dos párrafos al artículo 68; un segundo párrafo al artículo 70, pasando el segundo párrafo original como tercero; las fracciones XIV Bis y XIV Ter al artículo 73 Ter; un segundo párrafo a la fracción I y una fracción II Bis al artículo 128 Ter, de la Ley Federal de Protección al Consumidor; y adición de los artículos 1403, fracción VIII, del artículo 1403, artículo 363; un tercer párrafo al artículo 377; un segundo párrafo al artículo 378 y un segundo párrafo al artículo 383 del Código de Comercio, con el objetivo de regular la actividad de las empresas inmobiliarias y constructoras, a fin de garantizar el derecho a la vivienda para la población, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Durante el periodo de 2001 a 2006, ocurre lo que podemos llamar el boom de la masiva producción industrial de vivienda, reforzada con el retorno de los bancos y la creación de intermediarios financieros privados conocidos como Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles) hipotecarias, y cuyo proceso ha sido posible porque existe una clara subordinación de la política habitacional del Estado a las necesidades de poderosos consorcios inmobiliarios y constructores inscritos en el neoliberalismo globalizador, los cuales proclaman falazmente el derecho a la libre empresa para crear un mercado controlado por un reducido número de empresas, para las cuales la rentabilidad de sus inversiones se mide en sentido inversamente proporcional al derecho a la vivienda digna y decorosa de las familias mexicanas reconocido por la Constitución.

Los organismos nacionales de vivienda han perdido gradual pero inexorablemente su sentido social para erigirse en entidades de carácter financiero, orientadas a consolidar la operación especulativa del sector privado; por tal motivo, sus programas y esquemas de operación no responden al interés público y han contribuido a la imposición de una estrategia que no asume compromisos con la población mayoritaria del país, en un proceso que combina decisiones y reglas de operación que perpetúan la desigualdad y la exclusión, sin visión de desarrollo, carente de soportes básicos como el ordenamiento territorial y la sustentabilidad, además de la existencia de preocupantes deficiencias estructurales y de servicios, además de los impactos negativos en ciudades y metrópolis literalmente invadidas por enormes conjuntos habitacionales de miles de viviendas, desarticulados de cualquier racionalidad en materia de planeación urbana.

Estamos ante la conversión política, jurídica y organizativa de la intervención gubernamental en materia habitacional que antes trataba de basar su quehacer en los preceptos relativos a garantizar tanto la vivienda digna y decorosa, habitaciones cómodas e higiénicas, consagrados en los artículos 4 y 123, respectivamente, de nuestra Constitución Política, para facilitar, tolerar y financiar al sector privado, en detrimento del sector social.

Es preocupante que desde el interior de las propias instituciones públicas se favorezcan prácticas especulativas, tergiversando el derecho a la vivienda en tanto que garantía social para generar una ideología del acceso a la vivienda como un asunto exclusivamente de capacidad de contraer créditos por parte de personas, familias y trabajadores, en función de su nivel de ingreso. Así tenemos que se privilegia la vivienda como mercancía, eliminando su sentido social para imponer la lógica del valor de cambio, desencadenando así una serie de efectos lesivos para los derechos sociales y ante los cuales las autoridades de los tres órdenes de gobierno han permanecido inertes e incluso son cómplices de diversos atropellos, lo que aunado a contrarreformas a leyes secundarias y a la aplicación selectiva de las leyes para perjudicar a la población mayoritaria, permiten a las grandes corporaciones inmobiliarias y constructoras de vivienda hacer muy lucrativos negocios, siendo las ganancias el fin y la usura el medio.

Actualmente la producción masiva de vivienda utiliza métodos y técnicas de construcción en serie que están diseñadas para economizar tiempo y costos, sacrificando la calidad de la vivienda, utilizando materiales deleznables; consecuentemente las viviendas presentan importantes deficiencias estructurales y funcionales, de servicios básicos y sociales, legales, urbanos y ecológicos, generando considerables impactos negativos, que evidencian la ausencia de una política coherente de ordenamiento territorial para el desarrollo sustentable de la vivienda, además de atentar contra la seguridad de las familias.

Es por ello que afirmamos que la actual política habitacional se rige bajo criterios mercantilistas, carente de un proyecto innovador que vincule bienestar y desarrollo nacional; prevalecen los intereses oligopólicos de un reducido grupo de empresas que incluso cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores: Urbi, Homex, Ara, Hogar, Geo, y Sare; las dos últimas empresas cotizan también en Latinbex, donde ingresan aquellas empresas latinoamericanas que cotizan en euros en la Bolsa de Madrid.

La presente iniciativa no pretende coartar la actividad empresarial orientada al mercado habitacional, pero es necesario que se tenga claridad y se respeten las facultades que tenemos los legisladores que integramos el Constituyente Permanente del Congreso de la Unión, de establecer un marco jurídico que permita prevenir, regular y sancionar las acciones dolosas y abusivas, así como las prácticas especulativas de grupos empresariales que, lejos de actuar como empresas socialmente responsables, respetando los derechos sociales sin que ello implique el derecho que tienen a una ganancia legítima en una economía moderna de mercado la cual, como ocurre en los países considerados desarrollados, debe contribuir a conformar un mercado que atienda las necesidades de la población que demanda bienes y servicios relacionados con la vivienda bajo la regulación del Estado.

Las inconmensurables ganancias de estas empresas, evidentemente no se han visto reflejadas en la calidad de los inmuebles que ofertan, pues en los conjuntos habitacionales son evidentes las violaciones a la normatividad existente, tales como deficientes procesos de edificación, riesgos estructurales, utilización de materiales de pésima calidad, vicios ocultos en las construcciones, incontables daños ecológicos, inobservancia de los planes de desarrollo urbano, deforestación, agotamiento de los recursos naturales, devastación de las zonas de cultivo, vialidades escasas y deficientes, dimensiones por debajo de las necesidades familiares, incumplimiento de contratos, precios excesivos frente al valor real de la vivienda y diversas situaciones irregulares que han hecho evidente la usura de la que es objeto este derecho, satisfaciendo así los intereses de las diversas empresas inmobiliarias, no así las necesidades y derechos sociales.

Lo anterior ha originado quejas que hacen evidente la crisis que viven miles de familias. Así lo denunciaba el diario El Financiero en su edición del 28 de julio de 2004, donde se reportaba que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibió de 2002 a 2004 más de 20 mil denuncias en contra de varias empresas, con un monto reclamado superior a los mil 58 millones de pesos. Las empresas que encabezaban la lista de denuncias fueron Corporación Geo, Desarrolladora Metropolitana (Demet), Construcción y Habitación (Conhabi), Constructora y Edificadora de Michoacán, entre otras. En su boletín número 97, emitido el 3 de octubre de 2007, la Profeco informó que recibió durante el 2006 más de 7 mil quejas en contra de empresas del sector inmobiliario, mientras que al mes de agosto de 2007 se contabilizaban cerca de 6 mil quejas; la Corporación Geo nuevamente destacó entre los primeros lugares. Es evidente la impunidad con la que operan dichas empresas, dado que no hay sanciones que reviertan este viciado proceso de especulación y lucro excesivo.

René Coulomb, destacado investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana, ha hecho diversos señalamientos respecto a la actual política de vivienda y afirma que uno algunos errores y omisiones que se cometen en la construcción de unidades habitacionales en los últimos años se refiere a la falta de planeación y de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; por ejemplo, asevera que se construye...

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