Iniciativa parlamentaria que modifica el artículo 206 de la Ley del Seguro Social, en materia de guarderías., de 5 de Junio de 2019

Que modifica el artículo 206 de la Ley del Seguro Social, recibida del diputado Marco Antonio Medina Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 5 de junio de 2019

Quien subscribe, diputado Marco Antonio Medina Pérez, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión y miembro del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 206 de la Ley del Seguro Social, al tenor de los siguientes

Antecedentes

En 2016, bajo la dirección del titular de la Dirección General del IMSS, en coordinación con el titular de la SEP, se hizo entrega pública de los folios de autorización referente a los convenios de coordinación por entidad federativa, donde se acordó formalmente reconocer, de manera oficial, a los centros de desarrollo infantil, así como a las guarderías subrogadas al IMSS, como centros educativos para proporcionar el primer año de preescolar a los niños inscritos en el periodo de 2 años 8 meses a 4 años de edad.

Sin embargo, lo anterior no impidió que las niñas y niños fueran dados de baja de las guarderías al cumplir los cuatro años de edad, como lo marca el artículo 206 de la Ley Federal del Seguro Social vigente que a la letra dice: “Los servicios de guarderías se proporcionarán a los menores a que se refiere el artículo 201 desde la edad de cuarenta y tres días hasta que cumplan cuatro años”.

En noviembre del año pasado, el IMSS emitió el documento Lineamientos para realizar actividades fuera del horario de atención convenido con el IMSS y para la conclusión del primer grado de preescolar, referente a las actividades fuera del horario de atención convenido con el instituto y a la conclusión del primer grado de preescolar en el que cita en su numeral 5.21 de la página 7 de 27 (http://siag.imss.gob.mx/instalacionsiag/Guarderias/Normas/Archivos/201 8/Indirecta/Lineamientos-HorExt/Lineamientos-HorExt.pdf) lo siguiente: “El instituto no tendrá injerencia alguna en las actividades que realice el prestador de servicio en la unidad, con los niños inscritos que cumplan 4 años entre el primero de enero del año que termine el ciclo escolar y la fecha que establezca la autoridad educativa local para concluirlo. El instituto no estará relacionado con cualquier acuerdo realizado entre el prestador de servicio y el trabajador usuario para este fin”. Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene como motivación el que una gran cantidad de niños inscritos que están a punto de egresar del sistema de guarderías del Seguro Social puedan permanecer en dicho sistema para concluir el primer año de su ciclo de preescolar. Actualmente, está permitido por las autoridades educativas que a las guarderías se les reconozca como centros educativos. No obstante, esta autorización se contrapone a la norma del instituto que establece que los niños tendrán que ser dados de baja al cumplir los cuatro años de edad, por lo que en esa fecha queda trunco el proceso educativo.

Para situarse en el contexto, se presentan a continuación los datos a febrero de 2019, en torno al sistema de guarderías del IMSS.

Número de guarderías, según el esquema, a nivel nacional.

Fuente: Boletín número 052018 de la delegación del IMSS.

Indicadores de operación a escala nacional

Fuente: Boletín número 052018 de la delegación del IMSS.

Sabiendo que el esquema ordinario y el esquema de madres IMSS son los que corresponden a las guarderías de prestación directa, los datos nos muestran entonces que mil 218 de las mil 360 guarderías en el país siguen el modelo de prestación indirecto o subrogado. Asimismo, sabiendo que las 142 guarderías de prestación directa reúnen a 19 mil 662 niños inscritos, se calcula que las guarderías de prestación indirecta representan a 176 mil 721 menores inscritos; es decir, 89.5 por ciento del total.

Esta iniciativa, como se mostrará más abajo, no...

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