Iniciativa parlamentaria que expide la nueva Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos., de 23 de Abril de 2015

Que expide la nueva Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a cargo de la diputada Lourdes Adriana López Moreno, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, Lourdes Adriana López Moreno, diputada integrante de la LXII Legislatura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se abroga la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y se expide la nueva Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; al tenor de lo siguiente:

Propuesta de Reforma de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Exposición de Motivos

En la segunda década del Siglo XXI, y después de diez años de entrada en vigor de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), es necesario redoblar esfuerzos para hacer una realidad completa en materia del derecho de los ciudadanos a un ambiente sano, que mandata nuestra Carta Magna; sin embargo también la protección de la salud y el acceso a agua salubre libre de contaminación por residuos, se consideran principios básicos de los derechos humanos, inclusive ahora denominados como derechos de tercera generación y en cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en materia de sustentabilidad ambiental, a los que México se adhirió en el seno de la Organización de las Naciones Unidas.

La experiencia derivada de la aplicación de las Leyes ambientales, ha puesto de nuestro conocimiento el gran potencial de aprovechamiento de los residuos, como recursos que pueden reintegrarse a la naturaleza, o bien, reincorporarlos en sus claras dimensiones como insumos o como fuente de energía en los procesos productivos, a través de cadenas de valor, que representan importante fuente de ingresos y empleos, disminuyendo al máximo posible, la persistente disposición final de todos los residuos en celdas de confinamiento que tarde o temprano terminan convirtiéndose en pasivos ambientales; o peor aún, en irregulares prácticas de tiraderos a cielo abierto, afectando seriamente a todo el capital natural.

En esta Ley General, se reconoció la importancia de realizar diagnósticos básicos a nivel nacional, de las entidades federativas y de los municipios, a fin de basar en ellos la formulación y ejecución de programas en la materia en los tres órdenes de gobierno; esto con el finalidad de hacer efectivo su objeto que consiste en garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente sano y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU), de los Residuos de Manejo Especial (RME) y de los Residuos Peligrosos (RP); prevenir la contaminación de sitios con estos residuos en el territorio nacional y llevar a cabo su remediación.

Aun cuando sigue siendo una tarea pendiente contar con una metodología oficial integral en forma consistente, confiable y comparable a los diagnósticos básicos, el más reciente realizado en año 2012 a nivel nacional por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ( Semarnat ), con el apoyo del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC ), constituye un marco de referencia para conocer los avances logrados, los problemas pendientes de resolver y las oportunidades que se abren para hacer una realidad el objeto de la Ley General, lo cual demanda la pertinencia de su reforma.

Así, por ejemplo, tratándose de los residuos sólidos urbanos ( RSU ), de manera inédita, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, llevó a cabo por primera vez el Censo Nacional de Gobierno, Gobiernos Municipales y Delegaciones 2011. Módulo 6 de Residuos Sólidos Urbanos, a través de un censo aplicado a Directores Generales de Servicios Públicos de la Administración Municipal, Delegacional o responsables de la institución o área encargada del manejo de los Residuos Sólidos Urbanos u homólogos, cuya información vino a sumarse a la reportada por los municipios y entidades federativas en sus programas correspondientes, y es una clara muestra de la importancia estratégica que ha adquirido así como sustentar su gestión en el conocimiento de la situación en la materia.

De acuerdo con la Semarnat-INECC, por ser más consistentes los datos reportados en los Programas de entidades federativas y municipios, se utilizaron estos para estimar un valor promedio ponderado de generación per cápita de residuos sólidos urbanos de 0.852 kg/hab/día (el mayor valor fue de 1.514 kg/hab/día en la Región Noroeste y el menor de 0.332 en la Región Sur); para lo cual se tuvieron disponibles 1144 datos (46.56 por ciento) del total de los municipios, y muestra la importancia de que se formulen tales Programas. En el mismo diagnóstico se refiere una generación aproximada de 37.5 millones de toneladas/año de residuos sólidos urbanos en el país.

Un hecho relevante, para los fines que persigue la reforma de la LGPGIR, es el alto potencial de aprovechamiento de estos residuos que deriva de su composición. Tal es el caso de los residuos orgánicos, que derivado de correctas prácticas de su disposición pueden transformarse en mejoradores de suelos o en biocombustibles, que en promedio se generan entre el intervalo de 27.86 por ciento y 43.29 por ciento dependiendo del número de habitantes de los municipios (el mayor porcentaje se presenta en las localidades de 30 a 40 mil habitantes). Los demás residuos susceptibles de aprovechamiento varían entre 33.23 por ciento y 44.49 por ciento (el mayor porcentaje se origina en las localidades de 50 a 100 mil habitantes).

Entre los indicadores nacionales de generación y manejo de RSU, llama la atención que su recolección solo tiene una cobertura promedio de 83.93 por ciento y que únicamente se lleva a cabo la recolección selectiva para la recuperación de los residuos valorizables en un 9.11 por ciento de los casos, que en 3.71 por ciento se realiza la pepena durante la recolección y en 0.36 por ciento dicha pepena tiene lugar en los sitios de disposición final. Ello pone de relieve la ineficiencia que aún existe en la recuperación y aprovechamiento de los residuos valorizables, así como la precaria situación de los individuos de bajos recursos (pepenadores) que los recuperan y en muchos de los casos en condiciones de riesgo para su salud.

Como consecuencia de lo anterior, sólo un 9.63% de los residuos tiene como destino el reciclaje, mientras que un 60.54 por ciento se depositan en un relleno sanitario, 15.93 por ciento van a parar a tiraderos a cielo abierto, y 2.07 por ciento no se sabe qué final tienen.

Lo paradójico es, que a pesar de que los residuos son recursos susceptibles de aprovechamiento, el cual se puede lograr entre otros con la participación de los grupos de escasos recursos que tradicionalmente se han ocupado de valorizarlos, se desperdicien y generen problemas considerables sanitarios y de contaminación ambiental, como la que resulta de su disposición en zonas de recarga de acuíferos o cercana a cuerpos de agua superficial, de la liberación de gases con efecto de invernadero y la emisión de contaminantes orgánicos persistentes al incendiarse los basureros y la afectación se potencializa con el irregular control de estos.

Lo anterior en consideración de que en la mayoría de los municipios no cobran por la prestación del servicio de limpia, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos y el hecho de que las transferencias federales para apoyar el fortalecimiento de estos servicios resultan insuficientes como se refiere en el diagnóstico realizado por la Semarnat-INECC. En dicho documento se informa que, a partir de 2009, los recursos públicos federales fueron aplicados a través del Ramo 16 principalmente, y sus diversos Anexos (31 para 2009, 34 para 2010, 31 para 2011 y 36 para el 2012), todos ellos pertenecientes al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para cada Ejercicio Fiscal indicado.

Durante el periodo 2009-2012 (periodo que cubre el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos), 942 proyectos fueron apoyados con los recursos antes mencionados, por un monto de 1,995 millones de pesos, a todas luces insuficiente para satisfacer las necesidades de los miles de municipios con los que cuenta el país, sobre todo si se toma en cuenta que más de la mitad de esos recursos se otorgaron a un número reducido de ellos. No menos preocupante es la distribución de los recursos asignados, ya que un 46% fue destinado al equipamiento del sistema de recolección y maquinaria para relleno sanitario, 15 por ciento para la construcción de rellenos sanitarios, 14 por ciento para la elaboración de estudios y 11 por ciento para el saneamiento y clausura de sitios de disposición final (incluye tiraderos a cielo abierto). De acuerdo con la Semarnat-INECC, los proyectos que menos apoyo recibieron fueron: elaboración de Programas de prevención y gestión integral mediante las modalidades estatal, municipal o intermunicipal (7 por ciento), sin embargo, el número total de Programas Estatales apoyados o elaborados por las propias entidades federativas asciende a 29 al final del 2012. No se hace mención sin embargo, a la falta de apoyo suficiente brindado a los municipios, no solo para la formulación de sus programas, sino para integrar sus reglamentos en materia de prevención y gestión integral de los residuos, respecto de lo cual existe un rezago considerable, lo que explica –entre otros- la dilación con la cual se han aplicado las disposiciones de la Ley General.

Aunado a ello, es importante contemplar que mientras no se resuelvan los problemas estructurales de...

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