Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes., de 5 de Septiembre de 2019

Que adiciona el artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Martha Elena García Gómez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Martha Elena García Gómez, y las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XVI al artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

El trabajo infantil es un flagelo que no solo afecta el desarrollo psicológico y físico –porque les acarrea problemas de salud, los coloca en situaciones de indefensión, los aleja de las aulas, los situá en responsabilidades no acordes con sus edades, etcétera–, sino que les impide el ejercicio pleno de sus derechos.

Entre las acciones emprendidas por el Estado mexicano, en el orden interno, destacan: • Reforma constitucional en materia de derechos humanos. • Expedición de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. • Creación del Sistema Nacional de Protección Integral de los derechos de NNA. • Reforma legislativas que fijo la edad mínima para el trabajo. • Creación de una instancia intersecretarial para enfrentar coordinadamente el problema. En el orden externo, México: • Ratificó en 2000, el Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil • El 10 de junio de 2015, ratificó el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre la edad mínima de admisión al empleo, y que entró vigor en junio de 2016.

No obstante lo anterior, cifras oficiales recientes dan cuenta que el trabajo infantil, pese a la acción de la administración pública, no ha disminuido, que entre 2015 y 2017 se ha incrementado.

Su situación en 2015 de acuerdo con el Inegi 1 se presentó de la forma siguiente:

El Módulo de Trabajo Infantil de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, evidencia que en 2015, 8.4 por ciento (2 millones 475 mil 989) de los niños, niñas y adolescentes realizan alguna actividad económica; de ellos, 69.8 por ciento (1 millón 728 mil 240) son niños y 30.2 por ciento (747 mil 749) son niñas. El 14.0 por ciento tiene de 5 a 11 años; 21.8 por ciento son adolescentes de 12 a 14 años; mientras que la mayor proporción se presenta en el grupo de adolescentes de 15 a 17 años con 64.2 por ciento.

En términos de actividades: De la población infantil que trabaja, 89.6 por ciento (2 millones 217 mil 648) realiza actividades económicas no permitidas. De estos, 40 por ciento no tienen la edad mínima para trabajar 21 y 60 por ciento realizan actividades que resultan peligrosas para su salud, seguridad o moralidad y que afecta el ejercicio de sus derechos y su desarrollo integral.

Por sector de actividad: Para el año de referencia, el principal sector de actividad en que se ocupa la población infantil es el agropecuario (26.7 por ciento), seguido de servicios (22.6 por ciento) y del comercio (20.2 por ciento). Existe una marcada diferencia por sexo según el sector en que se ocupan, pues los varones lo hacen principalmente en la construcción: 99.3 por ciento de la población de 5 a 17 años ocupadas en este sector son hombres. Lo mismo sucede en el sector agropecuario en que 89.7 por ciento de los niños ocupados en el sector son varones.

Acerca de los motivos que los impelen a laborar: Entre los motivos que llevan a la población infantil a trabajar, 23.5 por ciento declaró que trabaja para pagar la escuela y/o sus propios gastos; otro 23.5 por ciento dijo que lo hacía...

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