Iniciativa parlamentaria que deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte., de 22 de Mayo de 2019

Que deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, recibida del diputado Érik Isaac Morales Elvira, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 22 de mayo de 2019

Con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56, 179 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura física y Deporte, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

El deporte, es un elemento fundamental para la condición humana, es una de las actividades sociales con mayor capacidad de movilización y convocatoria y en consecuencia creadora de hábitos.

Su práctica no sólo es importante para mantener la salud, sino que también forma parte de las estrategias de gobierno sobre reinserción social, no en vano su importancia fue recogida en el máximo cuerpo normativo del país como un derecho humano y como principio rector del Estado su estímulo y fomento.

Una primera respuesta del Estado frente a esta atribución se dio a través de la Ley General de Cultura Física y Deporte, la cual fue de extraordinaria importancia en su momento y que ha sido múltiples veces reformada. En ella, se definían las autoridades garantes del derecho al deporte.

Así pues, en primer plano encontramos a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), encargada de su fomento, financiamiento y estímulo; y por otra parte, aparecía un órgano denominado Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD), siendo una autoridad la cual sustantiva y formalmente está integrada dentro de la estructura de la administración pública federal, pero que en sustancia atiende problemas y asuntos materialmente o adjetivamente de carácter jurisdiccional. Y no sólo eso, sino de una materia tan especial y que se encuentra en constante e inmediato movimiento como lo es el deporte con la urgencia y el apremio que un derecho humano de esa generación merece.

Así pues, hoy es preciso sustituir o complementar dicha normatividad, no tanto por el tiempo transcurrido desde la publicación de la Ley, sino por las exigencias derivadas de la posible actuación pausada, inconclusa e inefectiva de la CAAD, la importancia del asociacionismo deportivo y la regulación de sus procesos internos, los cuales deben adaptarse a la evolución del fenómeno deportivo.

El objetivo fundamental de esta iniciativa de reformas es trascender el discurso sobre la naturaleza jurídica de la actividad deportiva, reconceptualizar el término de “injerencia gubernamental” para darle una connotación positiva y definir al deporte como una actividad de práctica libre y voluntaria que tiene su base en la sociedad. De ahí que el Estado, a través de sus autoridades, deba preocuparse por ella, sus actores y sus efectos, organizar adecuadamente su ejercicio y participar de su financiación

Por cuanto hace a la CAAD, parece clara una necesaria reorganización de sus facultades y atribuciones para lograr mejores resultados en beneficio no sólo de los integrantes del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, sino también de cualquier organización o persona que tenga como objeto la practica u organización deportiva. Esto es, dotar de toda la fuerza e imperio del Estado para que sus resoluciones se cumplan y haya una verdadera justicia deportiva.

Actualmente la CAAD tiene a su cargo, tramitar el recurso de apelación, contar con oficinas regionales y fungir como panel de arbitraje y/o coadyuvar en mediaciones y conciliaciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 78 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, este órgano desconcentrado debe coordinar un área de mediación y conciliación con la participación de personal calificado y, en su caso, con la estructura u organización que permita atender la justicia deportiva en los estados.

Su naturaleza jurídica es la de un órgano...

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