Iniciativa parlamentaria que crea la Ley General de Barrancas en Centros de Población., de 19 de Agosto de 2009

QUEE CREA LA LEY GENERAL DE BARRANCAS EN CENTROS DE POBLACIÓN, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ALEIDA ALAVEZ RUIZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 19 DE AGOSTO DE 2009

Aleida Alavez Ruiz, diputada federal de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos somete a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente iniciativa con proyecto de decreto por el que se crea la Ley General de Barrancas en Centros Urbanos, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Las barrancas ubicadas en los centros de población son los reductos ambientales más desprotegidos en los conglomerados urbanos de todo tipo, que terminan siendo la cloaca urbana a gran escala, pues en ellas se vierten los residuos y aguas residuales, convertidas en veneros contaminantes, resultado de un modelo económico que no le imprime interés en salvaguardar los recursos y espacios naturales.

Existen algunos esfuerzos coordinados entre autoridades de todo orden para conservar, proteger y sanear las barrancas urbanas, como actualmente sucede con el Distrito Federal que ha instaurado una política de limpieza y apropiación social de las barrancas para su resguardo, que incluso ha conllevado a su promulgación como áreas de valor ambiental, pero la falta de una legislación especializada en esta materia permite que un gran número de depredadores utilicen las lagunas jurídicas para impactar severamente en los ecosistemas aún existentes en las ciudades.

Uno de los objetivos de esta ley es clarificar las competencias entre los distintos órdenes de gobierno para poder hacer un manejo integral de las barrancas y delimitar las acciones de vigilancia que permitan su conservación.

La referida ley consiste en definir correctamente el concepto de barranca, toda vez que la regulación actual que se tiene, tanto en el ámbito federal como local, difieren en cuanto al ámbito de actuación entre los órdenes de gobierno, lo que ha implicado que en las barrancas se venga aplicando la ley de la selva, y cuando se trata de vigilar y sancionar las autoridades implicadas simplemente se lavan las manos. Falta echar un ojo a lo que ha sucedido en la Ciudad de México y Cuernavaca para justificar la necesidad de una ley de esta dimensión.

Uno de los instrumentos que esta ley crea son los programas de manejo integral de barrancas urbanas en las que están involucradas las autoridades federales y locales, así como los programas de saneamiento y captación de agua de lluvia. La participación social es fundamental para lograr la conservación de las barrancas pues sin el enfoque social, difícilmente pueden resguardarse; la población debe tener el sentido de pertenencia territorial, hacerlas suyas para que efectivamente las políticas de conservación puedan realizarse, pues sólo basta con mirar a lo que acontece en las áreas naturales protegidas para ver la desgracia nacional sucedida por no considerar a la gente en los procesos de manejo efectivo.

La Ley General de Barrancas será el procedimiento idóneo para proteger estas formaciones geológicas tan vulnerables por la acción humana, pero fundamentalmente por la falta de políticas públicas realmente preocupadas por el medio ambiente. Es tiempo de que cada autoridad asuma sus responsabilidades, por ello esta ley permitirá que cada entidad federativa cuente con su propia Ley de Barrancas.

La iniciativa que hoy se presenta contiene 30 artículos en ocho capítulos establecidos para definir el objeto y alcance de la ley; la coordinación y concurrencia entre órdenes de gobierno; el establecimiento de programas relacionados con las barrancas; la regulación de los asentamientos humanos y la ordenación territorial en barrancas; los inventarios de barrancas; la conservación y restauración; el saneamiento y rehabilitación; y la vigilancia de barrancas.

Por ello, y con fundamento en el...

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