Iniciativa parlamentaria que adiciona la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de facultades de los procuradores del Trabajo., de 15 de Marzo de 2005

QUE ADICIONA LA FRACCION III DEL ARTÍCULO 530 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN MATERIA DE FACULTADES DE LOS PROCURADORES DEL TRABAJO, A CARGO DEL DIPUTADO JESÚS MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado Jesús Martínez Álvarez, en nombre del grupo parlamentario de Convergencia de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 55, 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta honorable soberanía iniciativa de ley con proyecto de decreto, que reforma disposición de la Ley Federal del Trabajo, en materia de facultades de los procuradores del Trabajo como autoridades, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Los trabajadores y los patrones en sus controversias laborales tienen la opción de acudir ante la Procuraduría del Trabajo, lo cual puede evitar la posibilidad de instar a la autoridad del trabajo en el inicio de un procedimiento y aumentar la inmensa carga de trabajo que de por sí ya tienen los servidores que prestan sus servicios en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, tanto a nivel federal, como estatal.

Se tiene la oportunidad de recibir asesoría y representación gratuitas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, como autoridad del trabajo, que depende del gobierno federal o de los gobiernos de los estados. Su función es asesorar a los trabajadores y a sus sindicatos ante cualquier autoridad, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo. Toda la atención que brinda es gratuita. Basta con que se presenten a solicitar el servicio los trabajadores o sus organizaciones sindicales.

El derecho del trabajo es protector de los trabajadores. Por eso, produce mal sabor de boca saber que hay Procuradores Generales y Procuradores Auxiliares que no cuentan con las habilidades y conocimientos suficientes para dirimir un conflicto laboral vía convenio y le generan como consecuencia una mayor carga de trabajo a la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Es necesario evitar estas desviaciones para que los trabajadores se acerquen con confianza a las Procuradurías en la búsqueda de solución a sus conflictos, sabiendo que recibirán un servicio acorde con sus necesidades y bajo la protección de sus intereses.

En...

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