Iniciativa parlamentaria que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de delitos contra la identidad de las personas., de 6 de Febrero de 2020

Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de delitos contra la identidad de las personas, a cargo de la diputada Ximena Puente de la Mora, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Ximena Puente de la Mora, diputada federal de la LXIV Legislatura, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, fracción I, 77 y 78 numeral 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno el siguiente proyecto de iniciativa de ley, que modifica el Código Penal Federal, en materia de los delitos contra la identidad de las personas.

  1. Antecedentes

    Las conductas derivadas del robo de identidad o usurpación de datos de identidad son de las que tienen más rápido crecimiento a nivel mundial y que han afectado severamente a México en los últimos años, debido principalmente al fenómeno de la globalización y al uso generalizado de los medios informáticos y telemáticos y a los altos índices de robo a personas, autos, casa habitación y a la iniciativa privada, que actualmente se registran (aperturas de cuentas bancarias fraudulentas perjudicando a empresas de comercios e industrias automotriz e inmobiliaria).

    Este nocivo fenómeno, consiste en la apropiación o usurpación de datos y documentos de identificación de una persona, para fabricar con ellos documentos de identidad, o bien, generar condiciones mínimas de identidad que sirvan como plataforma para realizar, en perjuicio de la víctima, todo tipo de operaciones delictivas.

    A partir del año 2013, nuestro país ocupa el octavo lugar dentro del ranking de los 10 países en los que se registra el robo de identidad. 1 Es así como México es el único país de América Latina que aparece en el conteo de las 10 naciones con mayor robo de identidad, principalmente por extracción de datos personales. Este delito incrementó en el país en los últimos siete años, va en aumento día con día, en un 67 por ciento de los casos, el robo de identidad se da por la pérdida de documentos, 63 por ciento por el robo de carteras y portafolios, y 53 por ciento por información tomada directamente de una tarjeta bancaria. 2

    Así las cosas, hasta el momento los robos de identidad cibernéticos y los robos de identidad tradicional son la principal queja de los consumidores mexicanos recibida por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef).

    Sólo en el primer semestre de 2019 los robos de identidad cibernéticos ascendieron a 40 mil 928 casos de personas afectadas, aumentando 217 por ciento respecto del mismo periodo del año anterior; este tipo de representa el 9.1 por ciento del total de casos de robo de identidad (Condusef). El monto de las reclamaciones por robo de identidad cibernético y tradicional ascendió a $2,216.1 millones de pesos, del cual sólo $831.1 millones de pesos fueron abonados. 3

    En 2013, la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC) publicó el Manual sobre los delitos relacionados con la identidad, que consiste en crear nuevos instrumentos para ayudar a los Estados miembros a fortalecer sus capacidades jurídicas, institucionales y operacionales con miras a combatir a nivel nacional el fraude económico y los delitos relativos a la identidad, en el marco de una cooperación internacional eficaz.

    Los principales instrumentos son: 4 a) El inventario de mejores prácticas de colaboración de los sectores público y privado para prevenir el fraude económico y la delincuencia relacionada con la identidad. b) Enfoques jurídicos para tipificar el delito de hurto de identidad. c) Guía práctica para la cooperación internacional para combatir el delito relacionado con la identidad

  2. Planteamiento del problema

    A pesar que estas faltas se han incrementado en el país, al día de hoy, México no cuenta con una legislación federal para sancionar el delito de suplantación de identidad.

    La realidad de las nuevas técnicas sobre recogida y elaboración de datos ha hecho que sea necesaria una revisión no sólo de cómo proteger determinados intereses jurídicos, sino incluso de hasta dónde debe llegar esta protección, como ocurrió en su momento con otras actividades propiciadas por las nuevas tecnologías, por lo que el derecho se ha visto desbordado por la nueva situación, incapaz de realizar su función con los instrumentos que tradicionalmente ha tenido a su alcance.

    No sólo se trata de identificar la delimitación del bien jurídico, sino de articular los medios o instrumentos que garanticen ese debido respeto a la identidad pero, al mismo tiempo, sin llevar a la paralización de determinadas actividades, es decir, la meta es el equilibrio entre ambas necesidades, no es más que un desiderátum difícil de alcanzar pero al que deben ir encaminados nuestros esfuerzos. En este sentido, debe...

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