Iniciativa parlamentaria que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud, a fin de prohibir las terapias de conversión o curativas., de 15 de Agosto de 2018

Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud, recibida del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de agosto de 2018

El suscrito, Jorge Álvarez Máynez miembro del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y con arreglo a las facultades y atribuciones conferidas en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud, en atención de la siguiente Exposición de Motivos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 1o., prohíbe cualquier clase de discriminación que atente contra la dignidad humana y menoscabe las libertades de las personas. Entre otros motivos de discriminación, la Carta Magna hace referencia a la derivada de las preferencias sexuales de las personas. Pese a algunos avances establecidos en la legislación mexicana para reconocer y reivindicar la igualdad, la discriminación por orientación sexual, así como por identidad y expresión de género, es un fenómeno estructural arraigado en la sociedad mexicana.

La discriminación contra la comunidad LGBTTTI se presenta de manera cotidiana, en múltiples niveles: en los entornos familiares, laborales, institucionales. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Discriminación realizada en 2010, 24 por ciento de los mexicanos no estaba dispuesto a permitir que en su casa vivieran personas de otra religión, 23 no lo permitiría en el caso de personas de otra raza y 44 en el caso de homosexuales. 1

Además, una encuesta realizada por el Comité de Violencia Sexual de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en 2016 señaló que 7 de cada 10 personas fueron discriminadas en espacios educativos por su orientación sexual y que 6 de cada 10 personas de la comunidad LGBTTTI no reciben información sobre enfermedades sexuales. 2

Históricamente, diversas sociedades alrededor del mundo han considerado la homosexualidad una enfermedad mental o una elección. Sin embargo, la Organización Mundial de la Salud determinó el 17 de mayo de 1990 3 que la homosexualidad no es una enfermedad ni un desorden genético; de igual manera, la referida organización retiró recientemente 4 “la ‘incongruencia de género’ –la transexualidad– de la clasificación de las enfermedades mentales” 5 Lo anterior...

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