Iniciativa parlamentaria que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, para establecer un estímulo fiscal para promover la inversión en las estrategias de manejo de las áreas destinadas voluntariamente a la conservación., de 8 de Marzo de 2012

Gaceta Parlamentaria, año XV, núMero 3466-II, jueves 8 de marzo de 2012 Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3467-II, jueves 8 de marzo de 2012 Iniciativas Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado César Francisco Burelo Burelo, del Grupo Parlamentario del PRD Que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Rafael Pacchiano Alamán, del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Gerardo del Mazo Morales, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma los artículos 6o., 9o. y 10 de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Planeación, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por los diputados Omar Fayad Meneses y Jorge Humberto López Portillo Basave, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Radio y Televisión, y General de Educación, a cargo de la diputada María de Lourdes Reynoso Femat, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma el artículo 56 de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosa Adriana Díaz Lizama, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma los artículos 39 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 14 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, a cargo del diputado Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, del PAN, y suscrita por los diputados Eduardo Mendoza Arellano y Eduardo Alonso Bailey Elizondo, de los Grupos Parlamentarios del PRD y del PRI, respectivamente De decreto, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda "Mártires del 68", a cargo del diputado Luis Felipe Eguía Pérez, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 215 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Esther Terán Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Heriberto Ambrosio Cipriano, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Heriberto Ambrosio Cipriano, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 31 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Heriberto Ambrosio Cipriano, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Heriberto Ambrosio Cipriano, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Heriberto Ambrosio Cipriano, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 17 Bis de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Marcela Vieyra Alamilla, del Grupo Parlamentario del PRI Iniciativas Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado César Francisco Burelo Burelo, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

En los últimos años la atención de los problemas ambientales ha sido en muchas ocasiones, sujeta a una politización partidista, de visiones fundamentalistas o de disputas de órdenes de gobierno como si los ecosistemas y el ambiente fueran propiedad o responsabilidad de un solo partido, o de un solo sector de la sociedad, de la federación, o de entidades federativas o municipales, siendo que la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad, así como la protección del ambiente son responsabilidad común de la sociedad, aunque de manera diferenciada. Lo que urge es una nueva cultura ecológica de cooperación y corresponsabilidad diferenciada entre los diversos actores para la atención de los problemas ambientales.

En dicho sentido es necesario continuar promoviendo el abandono del centralismo que fue característico del viejo sistema político mexicano, en especial en su administración pública. Las instituciones federales responsables de los asuntos ambientales deben asumir cada vez más un papel normativo, de financiamiento, y cuidar que los objetivos globales y nacionales en materia ambiental sean incluidos en las políticas de las instituciones estatales y municipales. Hacer que especialmente las autoridades ambientales estatales, asuman plenamente sus facultades en materia ambiental, así como mayor responsabilidad para regular, planear, coordinar y operar los aspectos ambientales en las entidades federativas.

Adicional a esta situación, la federación, las entidades federativas y los municipios del país, carecen de suficientes recursos económicos para atender en forma oportuna e inmediata las competencias que la legislación ambiental les otorga. Se requiere captar y canalizar recursos financieros públicos, privados, nacionales, e internacionales para apoyar la implementación de acciones que se refieran a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente.

Argumentos que sustentan la iniciativa

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), señala en su artículo 14 Bis lo siguiente: Artículo 14 Bis. Las autoridades ambientales de la federación y de las entidades federativas integrarán un órgano que se reunirá periódicamente con el propósito de coordinar sus esfuerzos en materia ambiental, analizar e intercambiar opiniones en relación con las acciones y programas en la materia, evaluar y dar seguimiento a las mismas, así como convenir las acciones y formular las recomendaciones pertinentes, particularmente en lo que se refiere a los objetivos y principios establecidos en los artículos primero y decimoquinto de esta ley.

En la actualidad los términos ambiguos de este artículo han sido insuficientes para su implementación y operación formal, la consecuencia es que no existe un mecanismo real y formal para coordinarse en materia ambiental entre la federación, entidades federativas y mucho menos municipios.

Debe señalarse que las autoridades ambientales estatales, han generado de manera propia una asociación civil denominada Asociación Nacional de Autoridades Ambientales Estatales, A C (ANAAE), la cual permite a dichas autoridades interactuar, analizar e intercambiar opiniones en relación con los asuntos ambientales de su competencia. Sin embargo, esta asociación civil no puede suplir y asumir el mandato que el citado artículo 14 Bis otorga a las autoridades ambientales de la federación y de las entidades federativas.

Se requiere hacer una propuesta más precisa, que permita hacer realidad el funcionamiento y plena operación de este artículo 14 Bis de la LGEEPA. La propuesta es integrar un Consejo Nacional de Autoridades Ambientales.

Como precedente del citado consejo debe señalarse que existen organismos de consulta nacional en diversas leyes en materia ambiental y de recursos naturales, se pueden citar: el Consejo Consultivo del Agua en la Ley de Aguas Nacionales; el Consejo Nacional Forestal en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y el Consejo Técnico Consultivo Nacional para la Conservación y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre en la Ley General de Vida Silvestre. Sin embargo, no existe un organismo de consulta con las características que se proponen en la reforma del artículo 14 Bis.

Esta propuesta además tiene como uno de sus antecedentes y fundamentos a la Ley General de Desarrollo Social en vigor, que constituye en sus artículos 47 al 50 a la Comisión Nacional de Desarrollo Social con características similares en sus funciones al consejo propuesto. Esta comisión incorpora entre sus integrantes, además de las entidades de la administración pública federal, a las autoridades responsables del desarrollo social de las entidades federativas, un representante de cada una de las asociaciones nacionales de autoridades municipales legalmente reconocidas y a los presidentes de las comisiones de Desarrollo Social de las Cámaras de Diputados y de Senadores. Se propone una integración similar para el consejo propuesto.

Además para asegurar su implementación y buen funcionamiento se propone expedir un reglamento del consejo y que este se reúna de manera periódica cuando menos una vez cada seis meses.

De la misma forma se propone que los gobiernos de las entidades federativas instalen órganos análogos con las autoridades ambientales municipales y delegacionales, para la atención de las acciones a que se refiere este artículo, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Por lo que la propuesta de reforma del citado artículo 14 Bis quedaría de la siguiente forma: Artículo 14 Bis. Las autoridades ambientales de la federación y de las entidades federativas integrarán el Consejo Nacional de Autoridades Ambientales, que será presidido por el titular de la Secretaría. Participarán, asimismo, un representante de cada una de las asociaciones nacionales de autoridades municipales...

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