Iniciativa parlamentaria que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos Penales., de 19 de Abril de 2005

Gaceta Parlamentaria, año VIII, número 1735-I, martes 19 de abril de 2005 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1735-I, martes 19 de abril de 2005.

Iniciativas Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a fin de que la Cofetel defina las condiciones en que la SCT otorgará los permisos sobre actualización de canales de frecuencias para prestar el servicio de radiocomunicación privada, a cargo del diputado José Javier Osorio Salcido , del grupo parlamentario del PAN. Que reforma los artículos 17 y 133 de la Ley General de Salud y el 77 de la Ley de la Propiedad Industrial, para garantizar el acceso a medicamentos en los problemas graves de salud pública, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez , del grupo parlamentario del PRD. Que adiciona un capítulo VII Bis, Sobre las Técnicas de Reproducción Asistida, en el Título Tercero de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez , del grupo parlamentario de Convergencia. Que adiciona una fracción IX al artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de toma de protesta constitucional, a cargo del diputado Jesús Nader Nasrallah , del grupo parlamentario del PAN. Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca , del grupo parlamentario del PRD. v Que reforma el artículo 1407 del Código de Comercio, en materia de citación para sentencia dentro de los juicios ejecutivos, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno , del grupo parlamentario de Convergencia. Que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Fernando Álvarez Monje , del grupo parlamentario del PAN. Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para la creación de las figuras de "defensor del pueblo" y de "amparo social", a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos , del grupo parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de dictámenes y resoluciones de las comisiones ordinarias de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno , del grupo parlamentario de Convergencia. Que reforma los artículos 2-C, 15 y 41 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en relación con los impuestos por espectáculos públicos, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, a cargo del diputado Roberto Colín Gamboa , del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona los artículos 117 y 118 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Iván García Solís , del grupo parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 46 y adiciona un 46 Bis a la Ley General de Educación, y adiciona diversas disposiciones a la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo del diputado Miguel Amezcua Alejo , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona los artículos 59, 59 Bis y 63 de la Ley Federal de Radio y Televisión, en materia de dignificación de la familia y la mujer, a cargo de la diputada Angélica Ramírez Luna , del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona los artículos 13, 25 y 75 de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo de la diputada Dolores Gutiérrez Zurita , del grupo parlamentario del PRD. Que reforma el artículo 215 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga , del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Protección Civil, en materia de recursos del fondo preventivo de desastres a instituciones de protección civil, particularmente a los cuerpos de bomberos del país, a cargo del diputado Raúl Rogelio Chavarría Salas , del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos , del grupo parlamentario del PRD. Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado René Meza Cabrera , del grupo parlamentario del PRI.

Iniciativas

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, A FIN DE QUE LA COFETEL DEFINA LAS CONDICIONES EN QUE LA SCT OTORGARÁ LOS PERMISOS SOBRE ACTUALIZACIÓN DE CANALES DE FRECUENCIAS PARA PRESTAR EL SERVICIO DE RADIOCOMUNICACIÓN PRIVADA, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ JAVIER OSORIO SALCIDO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, José Osorio Salcido, en su carácter de diputado federal de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución General y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión, pone a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se adiciona la fracción décima quinta al artículo tercero, se modifica la fracción primera del artículo undécimo, se adiciona la fracción tercera al artículo trigésimo primero y se adiciona el artículo decimotercero transitorio a la Ley Federal de Telecomunicaciones, para que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) defina las condiciones en que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgará los permisos para utilización de canales de frecuencias para la prestación del servicio de radiocomunicación privada, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La comunicación por radio entre civiles es indispensable en cualquier sociedad moderna, y es obligación de las autoridades otorgar seguridad jurídica a los usuarios. En nuestro país, la radiocomunicación, que es una alternativa económica y eficiente, no cuenta con un marco jurídico que regule apropiadamente dicha actividad.

En el texto de la Ley Federal de Telecomunicaciones, vigente desde 1995, no fue incluido el tema de la radiocomunicación terrestre y como resultado la industria de este ramo se ha convertido en un caos a raíz de la inexistencia de un marco jurídico que la regule, lo cual ha provocado la congelación de permisos y licencias de operación de sistemas de radiocomunicación.

Hemos observado que, por falta de una adecuada regulación de esta tecnología, se ha afectado el desarrollo de las actividades económicas en nuestro país, ya que se ha obligado a las empresas a utilizar otras alternativas de comunicación más onerosas y no óptimas para sus necesidades.

Por ello resulta fundamental mantener como uno de los objetivos prioritarios en las acciones del Gobierno el promover que en todo el país, cada mexicano tenga acceso a más y mejores servicios de telecomunicaciones, con precios competitivos y de calidad.

El servicio de radiocomunicación privada ofrece, mediante la utilización compartida de bandas de frecuencia, aprovechar el espectro radioeléctrico y el desarrollo de aplicaciones de comunicación económicas, flexibles y oportunos para las empresas.

Asimismo, este servicio cumple una función significativa en el desarrollo de redes privadas, principalmente en aquellas economías con las que México ha establecido acuerdos comerciales. Es por ello que el Estado debe tener el dominio sobre el espectro radioeléctrico y las posiciones orbitales asignadas a México, supervisando y promoviendo un uso adecuado.

A fin de hacer cumplir esta función, se deben plasmar las condiciones adecuadas para que se incentive a la inversión en el desarrollo de las actividades tan fundamentales que representan las Telecomunicaciones. Deben existir reglas claras.

La Ley de Telecomunicaciones tiene entre sus propósitos principales la promoción del desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y mantener y fortalecer el carácter rector del Estado y fomentar la diversidad de servicios bajo condiciones competitivas en precios, diversidad y calidad para los usuarios.

Sin embargo, todavía el servicio de radiocomunicación privada no se ha podido desarrollar como lo demandan los usuarios y como lo proveen los oferentes nacionales, debido entre otras causas a que no existen canales institucionales claros, ya que el marco jurídico que los rige no reconoce las particularidades de la asignación de vías para este servicio, lo que ha detenido la puesta en marcha de subastas para cada red privada, las que son importantes para la prestación de este servicio, ya que su cobertura es de áreas geográficas muy específicas, como ranchos y puntos de venta en una región.

Es importante que se reconozca que el servicio de radiocomunicación privada hará viable para el consumidor la comunicación, ya que de recurrirse a otro servicio le resultaría más costoso, impidiéndose la comunicación. De disponerse del servicio, inmediatamente se fomenta la economía, en beneficio del país.

Actualmente, el costo derivado de la falta de una modificación a la Ley de Telecomunicaciones como la que se propone, ha sido la nula aceptación de las solicitudes que han promovido los interesados para la prestación del servicio de parte de las autoridades. Por ello se hace necesario crear el procedimiento a través del cual se otorguen los permisos para el uso de los canales para la prestación del servicio de radiocomunicación privada.

Otra consecuencia inmediata motivada por la falta de actualización de la Ley, ha sido la proliferación del uso ilegal de los canales para este servicio, a costa de quienes han cumplido con sus obligaciones y del Estado al impedir el cobro que corresponde por el uso del espectro.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones mencionadas...

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