Iniciativa parlamentaria que reforma diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, para dar acceso al público en general, sin ser derechohabientes del IMSS ISSSTE e ISSFAM, al servicio de hospitalización y recuperación para los enfermos por una epidemia., de 28 de Abril de 2020

Que reforma diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 76; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se permite presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 216-A de la Ley del Seguro Social, 31 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 153 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Planteamiento del problema

En la actualidad el país atraviesa una realidad demasiado difícil en el combate de la pandemia del virus Covid-19. Esta epidemia está por llegar a su punto crítico (al mayor crecimiento de enfermos), donde el principal riesgo es que se saturen las instalaciones médicas para atender a la población. El peligro actual no es la mortalidad de la enfermedad, es la capacidad de mantenerse, en teoría, oculto hasta que rebasa los sistemas de salud de sistemas completos. 1

El sistema de salud se puede ver rebasado aun cuando sea menor el porcentaje de personas que necesiten hospitalización. En un escenario presentado por la Secretaría de Salud, donde 10 mil 500 personas necesiten hospitalización y servicios intensivos de manera simultánea, habría un problema real en los hospitales públicos, para atender a la sociedad. 2

Es por lo anterior descrito que debemos buscar la manera de expandir la cobertura hospitalaria en el país, para atender, en un caso extremo, a la totalidad de los enfermos de Covid-19. Exposición de Motivos

En México los primeros casos de pacientes con Covid-19 se dieron en el mes de febrero, y su crecimiento ha ido incrementando exponencialmente. Se advierte que aún no se ha llegado al punto máximo de la epidemia, por lo que se deben buscar medidas extraordinarias para la atención de los pacientes enfermos y en las medidas de atención a la epidemia.

El acceso de salud es un servicio que debe prestar el Estado en su tarea de garante del derecho, por lo que se prevé en la Constitución y tratados internacionales en donde el Estado mexicano es parte, y se convierte por ello, en un derecho fundamental.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general... (Artículo 4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, CPEUM).

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en...

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