Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de erradicación de prácticas nocivas basadas en usos y costumbres que atenten contra el interés superior de la niñez., de 19 de Abril de 2022

Que adiciona el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por las diputadas Ana Lilia Herrera Anzaldo y Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del PRI

Las que suscriben, diputadas Ana Lilia Herrera Anzaldo y Eufrosina Cruz Mendoza, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 66, 68, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el segundo párrafo al artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de erradicación de prácticas nocivas basadas en usos y costumbres que atenten contra el interés superior de la niñez, con la siguiente: Exposición de Motivos

Como sabemos, la vulneración de los derechos de niñas, niños y adolescentes es una de las constantes problemáticas que se ha vivido en nuestro país. Entre estas vulneraciones se encuentran supuestos específicos como el denominado “matrimonio infantil”, generando agresión psicológica y sexual que experimentan los menores de edad, quienes son forzados sin importar que se vulneren sus derechos a la libertad, integridad y salud.

Se ha demostrado que esta problemática se presenta principalmente en regiones en las que se observan practicas relacionadas con los “usos y costumbres” de pueblos y comunidades indígenas reconocidos en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid), informó que Chiapas y Guerrero, son las entidades con mayor porcentaje de matrimonios o uniones libres en menores de edad. En ese mismo estudio se informa que 4.5 por ciento de las adolescentes y niñas en nuestro país, pertenecientes a un rango de edad de 12 a 17 años, se encuentran casadas o viven en pareja. 1

Cabe señalar que en el Censo de Población y Vivienda 2010 y 2020 elaborado por el (Inegi), se puede observar que el matrimonio infantil en nuestro país es una de las graves problemáticas que afectan a nuestro país y a los grupos poblacionales históricamente vulnerables, 2 toda vez que en el año 2021, se registró que la cifra de matrimonios infantiles a nivel nacional es de 6 por cada 1 mil habitantes, sin embargo esta cifra se duplica a 12 por cada 1 mil habitantes, cuando se trata de matrimonios infantiles en comunidades de habla indígena. 3

Por su parte, la organización civil “Save the Children”, ha informado que cada 7 segundos se casa una niña menor de 15 años en el mundo, y esto no es diferente en nuestro país, ya que 1 de cada 5 mujeres se casa antes de los 18 años. Cabe señalar que 73 por ciento de las niñas y adolescentes casadas, sufren consecuencias como el abandono de sus estudios, con la finalidad de poder dedicarse al hogar; asimismo, sufren 49 por ciento más violencia física y 68 por ciento más violencia sexual, en comparación con las niñas y adolescentes de su mismo rango de edad que no contrajeron matrimonio. 4

De acuerdo con el estudio “Matrimonio infantil y uniones tempranas en México” elaborada por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez, las niñas y adolescentes de las regiones más pobres de México se ven mayormente afectadas por el matrimonio infantil y las uniones a temprana edad. Dicha...

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