Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo 7 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, a fin de prohibir la subcontración., de 1 de Diciembre de 2020

Que adiciona el artículo 7 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, a cargo de la diputada Anita Sánchez Castro, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Anita Sánchez Castro, diputada a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, 18, 77 numeral 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 7 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

En las dos últimas décadas hemos visto que los mercados, el comercio internacional, el constante flujo de personas y capital entre regiones y la competitividad entre los negocios, han provocado cambios radicales en la prestación de los servicios que proporcionan o reciben las empresas, lo que ha dado como resultado que éstas o sus directivos busquen formas más eficientes y eficaces para realizar sus actividades, reducir sus costos y aumentar la productividad.

Así es como nacen las empresas con mano de obra calificada que desarrollan diversas tareas empresariales cuyo objetivo es reducir costos de tareas muy onerosas, complementarias, accidentales o que por diversas razones la empresa no puede realizar, por no ser propias de su objeto social.

Como ejemplos podemos mencionar la seguridad privada, servicios contables o de auditoría, servicios informáticos o de tecnología de la información y comunicación (TIC), mantenimiento, reparación o revisión de bienes, servicios de mercadotecnia, entre otros.

En todo el mundo esta contratación de empresas para proveer servicios especializados proliferó desmesuradamente a finales del siglo XX y continuó creciendo en estas dos décadas del siglo XXI.

En nuestro país ocurrió lo mismo, aunque el crecimiento se daba sin regulación alguna. El objetivo que se pretendía en un principio, que era proveer servicios especializados, calificados, auxiliares o complementarios a través de personal apropiado para tal efecto, se desvirtuó.

Se crearon empresas con el solo propósito de reducir costos y hacer más eficientes sus actividades. Se eludían prestaciones laborales, de seguridad social y cargas tributarias, así como el pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU), ofreciéndose como un esquema parecido al de “paraíso fiscal” en el cumplimiento de estas obligaciones.

Por ello es que se pensó en regular dicha forma de contratación...

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