Iniciativa parlamentaria que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia programas sociales., de 28 de Abril de 2020

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, numeral 1, fracción I y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Social y la Ley de Instituciones de Crédito en materia programas sociales. Exposición de Motivos

La política social es el instrumento que tiene el Estado para permitir el desarrollo social, o con una visión de mayor alcance un estado de bienestar pleno. Por esta razón es importante realizar continuos ajustes institucionales que se traduzcan en un funcionamiento efectivo y eficiente de los programas.

Actualmente la Ley General de Desarrollo Social obliga a que los programas contemplados en el Presupuesto de Egresos cuenten con reglas de operación (ROP) es decir, el instrumento que establece los requisitos de acceso a los programas, así como sus objetivos, indicadores de resultados y mecanismos de denuncia y queja. Sin embargo, estas ROP no tienen un plazo para ser publicadas lo que se traduce en afiliaciones discrecionales, incumplimiento del objetivo, baja eficiencia, nula capacidad de réplica por parte de los beneficiarios y falta de indicadores de resultados que permitan al consejo nacional la evaluación de los programas.

La misma problemática, ocurre en las entidades donde las ROP no se publican de manera oportuna, por lo que es conveniente que la reglamentación general homologue la obligación en dos de los niveles de gobierno.

Todos los programas sociales tienen por objetivo reducir la desigualdad, es a través de su operación que cumplen o no su objetivo, en este sentido el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) ha señalado que los programas tanto federales 1 como estatales 2 carecen de reglas de operación, por lo que resulta pertinente resolver dicha situación desde el marco jurídico.

La importancia de que las ROP estén bien diseñadas es que les ayuda a cumplir con el objetivo dotando de eficiencia al programa e incluyendo a la población objetivo, cuando se opta por aplicar un modelo focalizado.

Si el diseño de un programa junto con sus reglas, no tienen un objetivo claro que permita delimitar el acceso al programa y los requisitos son complicados de cumplir o muy flexibles, exacerban los errores de inclusión o exclusión, esto es atender a...

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