Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo 30 y reforma el artículo 31 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, para adicionar como infracción de la ley recibir recursos de procedencia ilícita, y que dicha infracción amerite la cancelación definitiva de su inscripción en el Registro Federal de Organizaciones., de 31 de Julio de 2019

Que adiciona una fracción XIII al artículo 30 y reforma la IV del artículo 31 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, para adicionar como infracción de la ley recibir recursos de procedencia ilícita, recibida de la diputada Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 31 de julio de 2019

La que suscribe, Juanita Guerra Mena, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, en el sentido de adicionar al artículo 30 una fracción XIII, recorriendo la numeración de la fracción siguiente, y se modifica el artículo 31, fracción IV y penúltimo párrafo, en el sentido de adicionar como infracción de la ley recibir recursos de procedencia ilícita; por tanto, considerar dicha infracción como grave y suficiente para la cancelación definitiva de su inscripción en el Registro Federal de Organizaciones, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

La iniciativa presentada tiene como propósito establecer una medida preventiva para el combate al crimen organizado y a la corrupción, con el objetivo de evitar que las organizaciones de la sociedad civil puedan verse involucradas en la triangulación de recursos económicos que puedan desviarse a campañas electorales, como un medio de cooptación de organizaciones sociales, empresariales incluso políticas; principalmente, verse vinculadas a delitos de lavado de dinero por parte de los grupos criminales.

El Estado mexicano, consciente de que las organizaciones de ciudadanos, son una forma de ejercicio colectivo de los derechos fundamentales que engloban las libertades de asociación, expresión y de petición; estas organizaciones serán reconocidas en la ley, podrán constituirse y participar en la vida pública y social del país, siempre que su objeto y propósito persigan un fin legítimo, así como la manera de financiarse sea lícita.

El papel de las organizaciones de la sociedad civil es de gran importancia para impulsar propuestas...

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