Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 28 de Abril de 2017

Que adiciona el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Exaltación González Ceceña, del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, diputados federales Exaltación González Ceceña, y Jesús Antonio López Rodríguez, ambos pertenecientes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que, se reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de lo siguiente Exposición de motivos

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en el ámbito de su competencia; es la encargada de establecer la partida que se destine al cumplimiento de las obligaciones del presupuesto de egresos aprobado, de igual forma está facultada para establecer las formas y procedimientos para que sus disposiciones sean cumplidas.

La Cámara de Diputados está integrada por representantes de la nación, mismos que son electos cada tres años, y son quienes representan la voz e intereses del pueblo mexicano. Esta Cámara forma parte del Congreso de la Unión, y las resoluciones emitidas por ella tienen el carácter de ley o decreto.

Los integrantes de la Cámara de Diputados y esta misma, poseen la facultad de iniciar leyes o decretos; esta puede comenzar indistintamente en cualquiera de las Cámaras del Congreso, pero tratándose de temas relacionados con empréstitos, contribuciones o impuestos, necesariamente, y de manera exclusiva se deberán tratar primeramente en la Cámara de Diputados.

Ahora bien, dentro de las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, se encuentran la Aprobación anual del Presupuesto de Egresos de la Federación; lo cual no implica una toma de decisiones de manera arbitraria. Su conformación y aprobación deriva de un minucioso examen del proyecto que le envía el Ejecutivo federal, el cual debe tomar como base las contribuciones aprobadas las cuales deberán ser suficientes para cubrir el proyecto de Presupuesto de Egresos.

La Cámara de Diputados también está facultada para autorizar en el Presupuesto de Egresos las erogaciones de carácter plurianual, necesarias para concretar proyectos de infraestructura que son...

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