Iniciativa parlamentaria que adiciona un artículo transitorio al diverso por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado el 18 de junio de 2008., de 9 de Febrero de 2012

Gaceta Parlamentaria, año XV, núMero 3347-IV, jueves 9 de febrero de 2012 Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3347-IV, jueves 9 de febrero de 2012 Iniciativas Que reforma el artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 78 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, General de Educación, y General de la Infraestructura Física Educativa, a cargo del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 211 Bis 5 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Canek Vázquez Góngora, del Grupo Parlamentario del PRI Que expide la Ley General de Amnistía y Reconciliación Nacional, a cargo del diputado Eduardo Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del PRD Que adiciona un artículo transitorio al diverso por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado el 18 de junio de 2008, a cargo del diputado Eduardo Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 19 de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma los artículos 5o., 14, 20 y 129 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Que reforma los artículos 73, 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de los diputados Francisco José Rojas Gutiérrez, José Ramón Martel López, César Augusto Santiago Ramírez, Carlos Flores Rico, Óscar Guillermo Levín Coppel e integrantes del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 36 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Leandro Rafael García Bringas, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma los artículos 11 y 15 de la Ley Federal de Defensoría Pública, a cargo de la diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz, del Grupo Parlamentario del PAN Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Rodolfo Lara Lagunas, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 357 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma los artículos 74, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Pedro Jiménez León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado José Óscar Aguilar González, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ariel Gómez León, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 371 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del PRI Que expide la Ley General de Protección y Reparación Integral a Víctimas de Violaciones a Derechos Humanos Generadas por la Violencia, a cargo de la diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma el artículo 50 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a cargo de la diputada Lily Fabiola de la Rosa Cortés, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma los artículos 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24 de la Ley General de Educación y 53 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo del diputado Óscar Lara Salazar, del Grupo Parlamentario del PRI Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada Ma. Dina Herrera Soto, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, y Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Susana Hurtado Vallejo, del Grupo Parlamentario del PRI Iniciativas Que reforma el artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, José Luis Ovando Patrón, Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, Salvador Caro Cabrera, María de Jesús Aguirre Maldonado, Bonifacio Herrera Rivera, diputados federales a la LXI Legislatura e integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, con fundamento con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

La seguridad pública es una materia concurrente, es decir, competencia de la federación, entidades federativas y municipios. El Estado mexicano tiene dentro de sus principales objetivos garantizar la seguridad de la población, siendo ésta una función prioritaria a cargo del mismo, por tanto es indispensable definir la naturaleza jurídica de la seguridad pública.

Al respecto el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no hace ninguna distinción entre actividades de seguridad pública y de seguridad privada, sin embargo, la exposición de motivos de la iniciativa de reforma constitucional de la que emanó el texto constitucional vigente es ilustrativa al respecto, al señalar que su objeto último es el establecimiento del equilibrio de poderes y del estado de derecho.

Así, la reforma constitucional de 2008 estableció que el Sistema Nacional de Seguridad Pública integrado por la federación, los estados y los municipios, garantizara una política coherente en la materia, incluyéndose la integración de un sistema nacional de información sobre delincuentes y cuerpos policiales, la coordinación de elementos humanos y materiales entre los distintos niveles de gobierno en la prevención y combate a la delincuencia y la profesionalización creciente de esas corporaciones y su vinculación de manera renovada con la comunidad para recuperar su prestigio y credibilidad a través del cumplimiento cabal y respetuoso de su deber. Por ello, se reformó el artículo 21 constitucional a fin de establecer la obligación del estado de velar por la seguridad de los gobernados, señalando el mandato para que todos los cuerpos de seguridad pública que pertenezcan a la federación, entidades federativas y municipios se organicen bajo los principios de legalidad, honestidad, eficiencia y eficacia. En este sentido, se contempló la obligación para coordinarse en esta materia.

Ahora bien, el federalismo es un acuerdo de distribución del poder, de reconocimiento de espacios de autonomía y esferas de competencia, es un método democrático en el que comunidades autónomas tienen y conservan el control de los resortes de gobierno de los ámbitos de su competencia. Sin embargo, no debe confundirse una sana estratificación del poder con un sistema de fronteras que favorezcan la impunidad y la delincuencia.

Derivado de la interpretación de la citada reforma constitucional y su exposición de motivos, se colige que en tanto exista la obligación de coordinar los esfuerzos de todas las instancias de gobierno en la consecución de un fin común como lo es garantizar la seguridad y tranquilidad de la población, la seguridad pública necesariamente está ubicada dentro del federalismo cooperativo, mismo que integra el poder central con los poderes estatales en un único mecanismo de gobierno en el que todos actúan concertadamente para hacer frente a problemas que superan su estricta esfera individual.

Es así que la seguridad privada se encuentra comprendida dentro de la seguridad pública, por lo que los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus atribuciones tienen facultad para regular los servicios de seguridad privada que en ellos se presten.

Al respecto, la ley reglamentaria del artículo 21 constitucional, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece en su artículo 2o. la definición de seguridad pública como una función a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo, en términos de esta ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR