Iniciativa Nº 352 del Estado de Colima. (Iniciativa relativa a reformar los artículos 9 y 16 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima. Comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, Seguridad Pública y de Trabajo y Previsión Social. Mediante oficio número AGM-039/2021, de fecha 20 de septiembre de 2021, suscrito por la Diputada Araceli García Muro, mediante el cual solicita el retiro de la presente iniciativa.)

Número de Iniciativa352
Fecha20 Septiembre 2021
EstatusRETIRADA
EmisorResponsabilidades - Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales- Seguridad Pública- Trabajo y Previsión Social
Autor de la iniciativaDip. Araceli García Muro
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RECIBIDO
0 7 llov. 2019
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HOiA BREY
y María Remedios Olivera Orozco,
Quincuagésima Novena Legislatura,
20t8-2021
LIX LEGISLATURA
DB I.A PáXIDAD DX GS{ERO
PO ER LEGIS LATIVO
CC. PRESIDENTE Y SECRETARIOS DEL
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO.
PRESENTE:
La suscrita Diputada Araceli García Muro, Blanca Livier
Rodríguez Osorio, Francis Anel Bueno Sánchez, Ana Karen
Hernández
integrantes
Aceves,
de esta
Legislatura de la Paridad de Género, en uso de las facultades
que nos confieren los artículos 83 fracción I y 84 fracción ll,
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 122 y 123 de su
Reglamento, sometemos a la consideración de esta
Honorable Asamblea, la presente lniciativa de Decreto, por el
cual, se reforma el artículo 9, 16, de la Ley de los
Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y
Organismos Descentralizados del Estado de Colima, de
conformidad con la siguiente:
'2019, 3o años de la Convención sobre los Oerechos del N¡ñoÍ
Calzada Galván y Los Regalado S/N, Centro, Colima, Col. C.P28000
Tels. (312) 3l 3.99.91 / (312) 3l 2.1 1.59
http',//www.congresocol.gob.mx
PODER LEGIsLATIVO
20t8-2021
PO
LIX LEGISLATURA
DE T,A PAXIDTD DI Gh{8RC)
R LEGISLATIVOEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el
trabajador está a disposición de la Entidad o dependencia
pública para prestar sus servicios, en el caso de los
elementos operativos de las fuezas de seguridad nos hemos
percatado que estos laboran hasta 24 horas por tuno o día
laborable y gozan de un descanso de 24 horas, lo cual a
juicio de los iniciadores lleva a concebir que un trabajador de
la seguridad pública labora en promedio por semana de haber
trabajado cuatro y descansado solamente tres, hasta un total
de 96 horas, es decir, un total de 63.5 horas adicionales a las
que labora el sindicalizado en una jornada diaria, pues
solamente labora un total de 32.5 horas a la semana'
Ciertamente, es distinto el trabajo y el esfuerzo de un
administrativo al de un operativo y máxime si de la seguridad
pública se trata, más también esas jornadas extenuantes y en
ocasiones poco remuneradas, ocasionan que las familias,
"2019, 30 años de la Convención sobre los Derechos del N¡ño.'
Calzada Galván y Los Regalado 5/N, Centro, Col¡ma, Col. C.P28000
Tels. (312)31 3.99.91 /(312) 31 2.11.59
http;//www.con gresocol.gob.mx
PODER LEGISLATIVO

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