Inicia hoy historia de la transparencia

AutorNelly Juárez

Al entrar hoy en vigor la Ley de Acceso a la Información Pública en el Estado, instituciones como el Congreso del Estado y los Municipios metropolitanos, además del Gobierno del Estado, han habilitado sus páginas electrónicas para proveer a la comunidad de la información de interés, como son los sueldos de funcionarios, inversiones, servicios de proveedores, entre otros datos relacionados con la administración pública.

Esta será la primera vez en que todas las instituciones y organismos públicos deberán, por ley, proporcionar sin pretexto, la información a la comunidad interesada o, de lo contrario, podrían ser obligados por la Comisión de Acceso a la Información a entregarla a los ciudadanos, en caso de tener éstos argumentos válidos para conocerla.

El Gobierno del Estado, Congreso del Estado, y los Municipios de San Pedro, San Nicolás, Santa Catarina, Guadalupe, y Monterrey, ya poseen en sus páginas electrónicas una liga que lleva a información de interés para el ciudadano, sin embargo, persisten las discusiones de si esto es suficiente o no.

Luis Manuel Garza, comisionado presidente de este órgano, dijo ayer que serán vigilantes de que todas las dependencias públicas tengan los medios para dar a conocer la información a la comunidad, pues tuvieron el tiempo suficiente para preparar la infraestructura que les facilite dicho trabajo.

"Tuvieron tiempo suficiente, tuvieron más tiempo que nosotros, porque la Ley se publicó desde febrero, entonces nosotros esperamos que, a partir de mañana, las oficinas de Gobierno tengan en orden todo", expresó.

Las sanciones en caso de la negativa de la información de una dependencia van de 25 cuotas a 200 cuotas de salario mínimo vigente en el área de la zona metropolitana de Monterrey.

En caso de negativa, las reglas generales para proceder contra la autoridad especifican que: las inconformidades o recursos de queja deben presentarse ante la Oficialía de Partes de la Comisión de Acceso a la Información.

Las promociones se turnan a la Secretaría de Acuerdos, que tiene un plazo de 16 horas hábiles para notificar y la autoridad notificada gozará de cinco días para rendir un informe circunstanciado expresando las razones de su actuación de negativa.

El peticionario puede aportar, también dentro de ese plazo de cinco días, las pruebas que refuercen su promoción de queja, tras desahogadas éstas la Comisión puede emitir su resolución, para dar la razón al ciudadano o a la autoridad, según lo establece su...

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