Ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas23-24

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Se consideran ingresos por la prestación del referido servicio, los conceptos siguientes:

1. Salarios.

2. Prestaciones que deriven de una relación laboral.

3. PTU.

4. Prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.

5. Becas otorgadas a personas que hubieren asumido la obligación de prestar servicios a quien otorga la beca.

6. Ayuda o compensación para renta de casa, transporte o cualquier otro concepto que se entregue en dinero o en bienes, sin importar el nombre con el cual se les designe.

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Lo indicado en los puntos 5 y 6 tiene su fundamento en el Reglamento de la LISR. (Arts. 94, LISR; 166, RISR)

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