Decreto No. 232 Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán, para El Ejercicio Fiscal 2011

Fecha de disposición04 Diciembre 2010
Fecha de publicación04 Diciembre 2010
SecciónAnexos
Número de Gaceta50

DECRETO No. 232

SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MINATITLÁN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN III, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O S

PRIMERO.-

El H. Ayuntamiento de Minatitlán, con oficio PM-0093/2010 del 28 de octubre de 2010, envió a esta Soberanía la Iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Minatitlán para el Ejercicio Fiscal 2011, aprobada por el H. Cabildo municipal en la Sesión Extraordinaria No. 11/2010, celebrada el 27 de octubre de 2010. En cumplimiento al contenido de los artículos 37, fracción IV y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; correlativo con el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.-

El H. Congreso del Estado, con oficio 1362/010 del 30 de octubre de 2010, turnó la iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Minatitlán para el Ejercicio Fiscal 2011, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

TERCERO.- La iniciativa materia de este dictamen, en la exposición de motivos que la sustenta, señala en lo que corresponde a la materia en análisis lo siguiente:

* "El artículo 115 Constitucional, en su fracción IV que los Municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor.

* Los Municipios continuarán viéndose afectados por la situación económica en que se encuentra nuestro país, sin embargo pese a lo anterior nuestro municipio continuara trabajado fuertemente en la mejora de los ingresos DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

propios, para el ejercicio fiscal 2011, se proyecta incrementar en el ramo 33 un 45 %.

Con base en un análisis de perspectivas fiscales, destacamos la necesidad de analizar algunos ajustes en la estructura tributaria, de tal manera, que nos permitan cumplir con las necesidades sociales y económicas existentes en el Municipio y mantener, además, un equilibrio en los balances públicos.

En tal virtud, la presente iniciativa se ha elaborado considerando un bajo crecimiento en los ingresos y una distribución significativa de los mismos.

* En la estimación de los montos de ingresos a que se refiere este documento, se utilizaron los criterios siguientes:

En materia de ingresos propios, establecidos en la Ley de Hacienda del Municipio de Minatitlán, Colima, se determinó aplicar una tasa de crecimiento del 4.5% que equivale al aumento que se estima del salario mínimo general del Estado de Colima para 2011, toda vez que las tasas, cuotas y tarifas señaladas en el ordenamiento citado, se contemplan en unidades de salarios.

En lo referente a los ingresos que el Municipio recibirá de la federación, se consideró el estimado que nos envió la Dirección de Ingresos del Gobierno del Estado de las Participaciones Federales, para el ejercicio fiscal 2011, por un monto de: $ 34,166,846.60 (Treinta y cuatro millones ciento sesenta y seis mil ochocientos cuarenta y seis pesos 60/100 m.n.)

En cuanto a las aportaciones del Ramo 33, se consideró lo estimado que nos envió la Dirección de Ingresos del Gobierno del Estado para el ejercicio fiscal 2010, que es por la cantidad de: $ 7, 970,691.82 (Siete millones novecientos setenta mil seiscientos noventa y un pesos 82/100 m.n.)

* Que en resumen de lo anterior, los recursos totales que requiere el Municipio de Minatitlán, Colima, para financiar el gasto público del Ejercicio Fiscal 2011, es por la cantidad de: $ 50, 345,156.95 (Cincuenta millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento cincuenta y seis pesos 95/100 m.n.) provenientes de ingresos propios, federales y extraordinarios.

* Que derivado de la entrada en vigor de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Consejo Nacional de Armonización Contable, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley General ya citada, Publicó el día 9 de Diciembre del 2009 en el Diario Oficial de la Federación el Clasificador por rubro de ingresos CRI es por eso que en la presente Ley se implementa dicho clasificador adecuándolo con la desagregaciones necesarias para el registro de los ingresos municipales, a partir de los rubros y tipos que señala el propio CRI." CUARTO.- La Ley de Ingresos tiene por objeto establecer los recursos financieros que ingresarán en el año 2011, a la Hacienda Municipal por conceptos de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones y recursos transferidos. Contribuciones reguladas por su Ley de Hacienda Municipal, que determina el objeto, sujeto, base, cuota, tarifa, exenciones, fecha y lugar de pago, así como en la Ley de Coordinación Fiscal.

De ser aprobado el dictamen que contiene la presente Ley de Ingresos entrará en vigor a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2011; prorrogándose su vigencia, sólo en los casos previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y en la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

QUINTO.-

Son obligaciones de los mexicanos: Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes

como lo dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 31 fracción IV, obligación correlativa para los habitantes de este Estado, prevista en el artículo 9º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.

Con las contribuciones que ingresen al Municipio de Minatitlán, la autoridad municipal podrá proporcionar los servicios públicos y cubrir las necesidades más apremiantes de los habitantes de esa entidad.

SEXTO.-

La Comisión dictaminadora, analizó la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán para el Ejercicio Fiscal 2011. Consideró los razonamientos expuestos por el Ayuntamiento en la exposición de motivos que soporta la iniciativa y verificó los conceptos y cálculos de las cantidades a recibir y su correlación con los conceptos, cuotas y tarifas previstas en su ley de Hacienda Municipal.

Las expectativas de crecimiento conllevan elaborar con prudencia las estimaciones de ingresos, fuente y base para la formulación del presupuesto de egresos municipal, para el próximo año; por consiguiente dichas estimaciones de ingresos propios se proyectan similares a los ingresos obtenidos en el presente año.

Como no se modifican las cuotas y tarifas contenidas en la Ley de Hacienda para el Municipio de Minatitlán y éstas se encuentran expresadas en unidades de salarios mínimos generales, los porcentajes de incrementos al salario serán los únicos aumentos que se reflejarán en los pagos de los contribuyentes.

SÉPTIMO.-

Las...

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