Decreto No. 227 Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Manzanillo, para El Ejercicio Fiscal 2011

Fecha de disposición04 Diciembre 2010
Fecha de publicación04 Diciembre 2010
SecciónAnexos
Número de Gaceta50

DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 227

SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN III, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O S

PRIMERO.-

El H. Ayuntamiento de Manzanillo, con oficio SHA/161/2010 del 29 de octubre de 2010, envió a esta Soberanía la Iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Manzanillo para el Ejercicio Fiscal 2011, aprobada por el H. Cabildo municipal en la Sesión Pública Extraordinaria No. 44/2010, celebrada el 29 de octubre de 2010. En cumplimiento al contenido de los artículos 37, fracción IV y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; correlativo con el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.-

El H. Congreso del Estado, con oficio 1365/010 del 04 de noviembre de 2010, turnó la iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Manzanillo para el Ejercicio Fiscal 2011, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

TERCERO.- La iniciativa materia de este dictamen, en la exposición de motivos que la sustenta, señala en lo que corresponde a la materia en análisis lo siguiente:

* "Que el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, en su fracción IV señala que los Municipios administraran libremente su hacienda, la cual se formara de los rendimientos de los bienes que le pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, fortaleciendo de esta manera su autonomía Municipal.

* Que de conformidad al artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es obligación de los ciudadanos mexicanos contribuir para los gastos públicos, tanto de la federación, como del Distrito Federal o de los Estados y Municipios en que residan, de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes, criterios que retoman la Constitución Política del Estado Libre y soberano de Colima, en su numeral noveno.

* Que la Ley de Hacienda del Municipio de Manzanillo vigente, constituyen el ordenamiento legal que define y regula la capacidad tributaria municipal al determinar el objeto, el sujeto, la base, las cuotas y tarifas aplicables, así como los elementos de forma, fecha de pago, exenciones, manifestaciones y avisos de cada contribución.

* Que para el cumplimiento de sus objetivos y el sostenimiento de los servicios públicos, el municipio de Manzanillo, precisa contar con recursos financieros provenientes de las participaciones y aportaciones federales, así como de las contribuciones que sus habitantes hagan a la hacienda municipal de manera proporcional y equitativa conforme lo dispongan las leyes.

* Que según el principio de anualidad que rige al presupuesto del Municipio, la Ley de Ingresos solo tendrá vigencia del 1 o de enero al 31 de diciembre del año 2011, prorrogándose su vigencia solo en los casos previstos por la Constitución Política del Estado Libre y soberano de Colima y la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima..

* Que la presente iniciativa de Ley de Ingresos, contiene la proyección de recursos que percibirá el municipio de Manzanillo, Colima; durante la vigencia de la Ley, recursos que deberán ser proporcionales al gasto publico que será autorizado por el Cabildo en ejercicio de sus atribuciones mediante la aprobación del presupuesto de egresos. Su monto total será de $600' 450,000.00 (SEISCIENTOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) y se integra de tres grandes grupos: a) los ingresos de gestión; b) las participaciones, aportaciones, Transferencias, Asignaciones, subsidios y otras ayudas y c) los ingresos extraordinarios por financiamientos. Dentro del primer gran grupo se contemplan los siguientes rubros: impuestos, derechos, productos y aprovechamientos. Dentro del segundo gran grupo las participaciones y fondos de aportaciones federales e ingresos extraordinarios, los cuales se determinaron de la forma siguiente:

INGRESOS DE GESTIÓN:

En materia de Ingresos de Gestión, estos se constituyen de los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos municipales, y sobre el particular se determinó aplicar una tasa de crecimiento del 4.5% en relación a las estimaciones similares a los ingresos obtenidos en el presente año, toda vez que las tasas, cuotas y tarifas de la Ley de Hacienda para el Municipio de Manzanillo, se encuentran establecidas en unidades de salario mínimo. Sin embargo, algunos conceptos de ingresos que se tomaron como base para su presupuestación fue precisamente en el comportamiento que sobre el particular se dio en el ejercicio 2010.

PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS.

En el renglón de convenios de Programas Federales para obras y servicios de beneficio social a cargo del municipio, se incluyen la cantidad de $42' 250,000.00 (CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) que se recibirán del gobierno federal para los programas HABITAT, RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS, TU CASA, APAZU, PROSSAPY, SUBSEMUN y Fondo de Zona Federal como aportación para Policía Turística y para el programa de playas limpias.

Para el ingreso esperado por las participaciones federales y las aportaciones para los fondos del Ramo 33, se consideraron como estimación inicial los montos calculados y proporcionados por la Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado y aplicando los factores de distribución obtenidos con base en la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Colima.

En el caso de la participación Aduanal del 0.136% de la recaudación federal participable que le corresponde al Municipio de Manzanillo, se proyectó con un incremento del 4.5% sobre la cantidad recaudada y estimada al 31 de Diciembre del 2010.

En el caso de los derechos por uso y goce de Zona Federal, se están presupuestando con una cantidad a lo ingresado real de enero a septiembre y proporcional de octubre a diciembre, del presente ejercicio.

* En relación a los Ingresos Extraordinarios dichos recursos serán destinados a inversiones públicas productivas, consistentes en la relación de obras prioritarias y adquisición de equipamiento municipal, por lo que el cabildo municipal deberá autorizar su aplicación en el presupuesto de egresos para el año 2011.

En ese tenor y en virtud de que es imperante llevar a cabo obras prioritarias y equipamiento municipal que son de suma importancia para el mejor desarrollo de los servicios públicos municipales, encontramos obras de carácter prioritario que se llevaran a cabo en los siguientes programas.

  1. - HABITAT.-

    Este programa cuyo fin es el de llevar a cabo obras de infraestructura urbana, para la rehabilitación de calles y avenidas en las colonias y comunidades rurales, por lo que en el municipio actualmente se tiene calles y avenidas que no están a la altura del desarrollo urbano, por lo que es necesario realizar estas obras, mediante este programa.

  2. - RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS.-

    La aplicación y ejecución en este rubro es de suma importancia porque nos ayuda a mejorar los espacios deportivos y así tener a los jóvenes con actividades deportivas y recreativas.

  3. - OBRAS PÚBLICAS DIVERSAS.-

    Se tiene previsto que en este renglón se cumplan con los requerimientos básicos de la población, ya que se construirán obras de suma utilidad para combatir el rezago urbano en que se encuentran algunas colonias urbanas, pues se pretenden rehabilitar algunas calles mediante pavimentación, machuelos, banquetas, así como la construcción de andadores.

  4. - ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE TRANSPORTE DIVERSO.-

    Una de las prioridades de la administración es dar un mejor servicio en cuanto a la recolección de basura es por eso que se pretenden adquirir camiones recolectores de basura y otras unidades que fortalezcan las áreas de alumbrado y en...

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