Infracciones y delitos fiscales

AutorArnulfo Sánchez Miranda
Páginas283-318
APLICACION PRACTICA DEL CFF 283
CAPITULO XIV
INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES
Objetivo General
Que el estudiante conozca los diversos supuestos para incurrir en las
infracciones a las disposiciones fiscales y sus consecuencias, tanto admi-
nistrativas como penales.
Objetivos Específicos
Al finalizar el estudio de este capítulo, el estudiante será capaz de:
1. Conocer los supuestos que conllevan a las infracciones a las dispo-
siciones fiscales.
2. Explicar qué es una infracción y una sanción.
3. Identificar las diversas clases de infracciones y sus respectivas san-
ciones.
4. Enunciar cuáles son los delitos fiscales.
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Como se ha estado mencionando, como consecuencia de la relación
tributaria nace para los sujetos pasivos una serie de obligaciones fiscales
(accesorias y de pago, ya comentadas en su oportunidad). Al no cumplir
con estas obligaciones, se incurre por parte de los contribuyentes en una
serie de infracciones a las disposiciones fiscales, lo que trae como conse-
cuencia el origen de sanciones económicas.
Dentro del CFF, estas infracciones y sanciones se encuentran funda-
mentadas en los artículos 70 al 91-B.
SITUACIONES A CONSIDERAR
Antes de analizar los diferentes tipos de infracciones fiscales que existen
y sus consecuencias es importante considerar que:
a) El pago de multas por infracciones fiscales es independiente del pa-
go de las contribuciones y sus accesorios.
b) El monto de las multas se actualizará según el artículo 17-A del CFF,
y será entre una máxima y una mínima, incluyendo las previstas en la Ley
c) No habrá multa en el cumplimiento espontáneo de las obligaciones
fiscales, es decir, si se da cumplimiento a una obligación fuera de los pla-
zos previstos y no existe un requerimiento de por medio, se considera que
cumplió en forma espontánea, por voluntad del contribuyente (artículo 73
del CFF).
EDICIONES FISCALES ISEF 284
d) Las multas impuestas deben ser fundadas y motivadas, de acuerdo
con el artículo 75 del CFF.
e) Habrá una reducción del 50% de las multas para los contribuyentes
que tributen en el régimen de incorporación, artículo 70 del CFF; y en su
caso del 100%, de acuerdo con el artículo 70-A del mismo Código.
f) El artículo 74 del CFF establece la procedencia de la condonación de
multas vía solicitud.
g) El artículo 76 establece ciertas infracciones y multas que sean descu-
biertas por las autoridades fiscales, por el ejercicio de sus facultades, que
se determinarán de acuerdo con ciertos porcentajes.
h) El artículo 77 del CFF señala algunos supuestos para que las multas
se puedan disminuir o aumentar.
Para efectos de una mejor comprensión del tema se elaboró un cuadro
con dos columnas. En la primer columna se indican los diferentes tipos
de infracciones en que pueden incurrir los contribuyentes y en la segunda
columna los montos de las sanciones (multas) que deben pagar los contri-
buyentes por infringir las disposiciones fiscales.
INFRACCIONES Y MULTAS
Concepto-infracción
según CFF Monto de la sanción
según CFF
ARTICULO 79. Son infracciones rela-
cionadas con el registro federal de
contribuyentes las siguientes:
ARTICULO 80.
Infracciones
rela-
cionadas con el artículo 79:
I. No solicitar la inscripción cuando
se está obligado a ello o hacerlo
ex-
temporáneamente, salvo cuando la
solicitud se presente de manera es-
pontánea.
I. De $ 3,470.00 a $ 10,410.00.
II. No presentar solicitud de ins-
cripción a
nombre de un tercero
cuando legalmente
se esté obligado
a ello o hacerlo
extemporáneamente,
salvo cuando la solicitud se presente
espontáneamente.
I. De $ 3,470.00 a $ 10,410.00.
III. No presentar los avisos al registro
o hacerlo extemporáneamente, salvo
cuando
la presentación sea espontá-
nea.
II. De $ 4,200.00 a $ 8,390.00, a
la comprendida en la fracción III.
Tratándose de contribuyentes que
tributen conforme al Título IV, Ca-
pítulo II, Sección II de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta, la multa
será de $ 1,400.00 a $ 2,800.00.
NOTA. Se sugiere remitirse a la RMF 2020, para observar la actualización de las
multas vigentes a dicho año.
APLICACION PRACTICA DEL CFF 285
Concepto-infracción
según CFF Monto de la sanción
según CFF
IV. No citar la clave del registro
o utilizar
alguna no asignada por
la autoridad fiscal, en las declara-
ciones, avisos, solicitudes, promo-
ciones y demás documentos que se
presenten ante las autoridades fisca-
les y
jurisdiccionales, cuando se esté
obligado conforme a la Ley.
III. ....................................................
a) Tratándose de declaraciones,
se impondrá una multa entre el 2%
de las contribuciones declaradas y
$ 7,390.00. En ningún caso la mul-
ta que resulte de aplicar el porcen-
taje a que se refiere este inciso
será menor de $ 2,950.00 ni mayor
de $ 7,390.00.
b) De $ 900.00 a $ 2,060.00, en los
demás documentos.
V. Autorizar actas constitutivas, de fu-
sión, escisión o liquidación de perso-
nas morales sin cumplir lo dispuesto
por el artículo 27 de este Código.
IV. De $ 17,370.00 a $ 34,730.00.
VI. Señalar como domicilio fiscal para
efectos
del registro federal de con-
tribuyentes, un
lugar distinto del que
corresponda conforme
al artículo 10.
I. De $ 17,280.00 a $ 34,570.00.
VII. No asentar o asentar incorrec-
tamente en las actas de asamblea o
libros de socios o accionistas, la clave
en el RFC de cada socio o accionista,
a que se refiere el artículo 27, aparta-
do B, fracción V de este Código.
V. De $ 3,450.00 a $ 10,380.00.
VIII. No asentar o asentar incorrecta-
mente en las escrituras públicas en
que hagan constar actas constitutivas
y demás actas de asamblea de per-
sonas morales cuyos socios o accio-
nistas deban solicitar su inscripción
en el RFC, la clave correspondiente a
cada socio o accionista, conforme al
este Código, cuando los socios o ac-
cionistas concurran a la constitución
de la sociedad o a la protocolización
del acta respectiva.
VI. De $ 17,280.00 a $ 34,570.00,
a las comprendidas en las fraccio-
nes VIII, IX y X.
IX. No verificar que la clave del regis-
tro federal de contribuyentes apa-
rezca en los documentos a que hace
referencia la fracción anterior, cuando
los socios o accionistas no
concurran
a la constitución de la sociedad o a
la protocolización del acta respectiva.
VI. De $ 17,280.00 a $ 34,570.00.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR