De las infracciones

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EDICIONES FISCALES ISEF
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III. Descuento: a la cantidad que retiene el Patrón del Salario del
Trabajador acreditado, y entera al Instituto para la amortización de los
créditos de vivienda;
IV. Instituto: al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores;
V. Ley: a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores;
VI. Patrón: a la persona que tenga este carácter en términos de la
Ley Federal del Trabajo;
VII. Salario: al mínimo general diario que rija en el Distrito Federal
al momento de la imposición de la multa; y
VIII. Trabajador: a la persona que la Ley Federal del Trabajo de-
fine como tal.
ARTICULO 3o. La aplicación de este Reglamento corresponde al
Instituto en su carácter de organismo fiscal autónomo, de conformi-
dad con los artículos 30 y 55 de la Ley.
ARTICULO 4o. En lo no previsto en este Reglamento se aplicará
supletoriamente el Código y su reglamento.
ARTICULO 5o. La imposición de la sanción por parte del Instituto,
se realizará cuando éste detecte infracciones a las disposiciones de
la Ley y sus reglamentos con motivo:
I. Del ejercicio de sus facultades de comprobación;
II. De la información que conste en los expedientes o documentos
que lleve o tenga en su poder;
III. De la información que le proporcionen otras autoridades fisca-
les, así como los Patrones o Trabajadores derechohabientes; o
IV. De la información que le haga llegar cualquier otra autoridad.
Los Trabajadores podrán denunciar ante la Delegación Regional
del Instituto que corresponda o, en su caso, ante la Gerencia de Fis-
calización del Distrito Federal cualquier acto u omisión del Patrón que
pueda infringir la Ley o sus reglamentos. La denuncia deberá hacerse
por escrito y deberá acompañarse del material probatorio en que se
funde la misma.
CAPITULO II
DE LAS INFRACCIONES
ARTICULO 6o. Se consideran infracciones a la Ley y sus regla-
mentos, los siguientes hechos u omisiones de los Patrones:
l. No inscribirse ante el Instituto o hacerlo fuera del plazo estable-
cido en la Ley y el Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones
y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores;
II. No inscribir a cada uno de sus Trabajadores ante el Instituto o
hacerlo en forma extemporánea. La omisión de inscribir a un Traba-
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