El informe del IMSS referente a que en sus archivos no existe registro del patrón demandado, no desvirtúa la presunción del vínculo laboral. Jurisprudencia de Tribunal Colegiado

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El artículo 804 de la LFT establece que el patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos siguientes:

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Es importante precisar que el artículo 805 de la LFT estipula lo siguiente (énfasis añadido):

805. El incumplimiento a lo dispuesto por el artículo anterior, establecerá la presunción de ser ciertos los hechos que el actor exprese en su demanda, en relación con tales documentos, salvo la prueba en contrario.

Según se observa, si en un juicio laboral el patrón no muestra los documentos enlistados por el artículo 804 de la LFT se establecerá la presunción de ser ciertos los hechos que el actor exprese en su demanda, en relación con tales documentos.

No obstante, en algunos juicios laborales cuando los demandados no cuentan con alguno de los documentos enlistados en el artículo 804, se dedican a negar la relación laboral e incluso presentan un informe rendido por el IMSS en el que se menciona que no existe registro patronal a su nombre, situación que ha sido considerada como inverosímil, pues los trabajadores demandantes presentan pruebas contra el patrón, y este último niega el vínculo laboral y se ampara por un documento del Seguro Social.

En este sentido, el Primer Tribunal Colegiado en materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito emitió la jurisprudencia XVII.1o.C.T. J/7 (10a.) conforme a la cual, el hecho de que el demandado hubiera ofrecido como prueba el informe del IMSS, a fin de demostrar que había omitido realizar actividades con el carácter de patrón, no tiene el alcance de desvirtuar la presunción derivada de la falta de exhibición de los documentos que tiene la obligación de conservar respecto de la relación laboral.

Además,

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La jurisprudencia es la siguiente:

RELACION LABORAL. EL INFORME DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL SENTIDO DE QUE EN SUS ARCHIVOS NO EXISTE REGISTRO DEL DEMANDADO, NO DESVIRTUA LA PRESUNCION DERIVADA DE LA PRUEBA DE INSPECCION SOBRE DOCUMENTOS QUE EL PATRON DEBE CONSERVAR RESPECTO DE AQUELLA. El hecho de que el demandado hubiese ofrecido como prueba el informe del...

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