Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Sonora, a través del H. Ayuntamiento de Bácum

Fecha de disposición13 Octubre 2010
Fecha de publicación13 Octubre 2010
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Sonora, a través del H. Ayuntamiento de Bácum. ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2009, QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR EL J. IRENE ALVAREZ RAMOS, EN SU CARACTER DE DELEGADO ESTATAL EN SONORA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LA COMISION", Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, A TRAVES DEL H. AYUNTAMIENTO DE BACUM COMO DEPENDENCIA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE SONORA, REPRESENTADA POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL LIC. VICTOR MANUEL MUÑOZ ESPINOZA Y EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO PROFR. JOEL TIOLANO OSUNA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA EJECUTORA"; MISMOS QUE CUANDO ACTUEN EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 2o. apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo integral de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno.

  2. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora en su artículo 1o. señala que el Estado reconoce la composición pluricultural en su población, en particular la asentada en los grupos de nuestro origen y proveerá lo necesario para asegurar el respeto a sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas de organización social.

  3. Con fecha 30 de enero de 2009 la Junta de Gobierno de "LA COMISION", tomó nota de las Reglas de Operación de los programas a ejecutarse por parte de ésta durante el presente ejercicio fiscal.

  4. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 noviembre de 2009, establece en su artículo 28 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 17, considerándose dentro de ese documento a los Programas de "LA COMISION".

  5. El artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a "LAS REGLAS DE OPERACION" que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan.

  6. Con fecha 29 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo de modificación a las reglas de operación de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Turismo Alternativo en Zonas indígenas, Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas, Promoción de Convenios en Materia de Justicia e Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas", en adelante "LAS REGLAS DE OPERACION".

  7. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen como objetivo general "Mejorar los ingresos de la población indígena, incrementando la producción de las actividades económicas, mediante la instalación de proyectos productivos sustentables surgidos con el consenso de los indígenas".

  8. De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" existe la necesidad de celebrar un Acuerdo de Coordinación para la ejecución de "EL PROGRAMA".

    En ese tenor y en razón de lo expuesto, "LAS PARTES" tienen a bien establecer el presente Acuerdo bajo las siguientes:

    DECLARACIONES

  9. De "LA COMISION":

    I.1 Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003.

    I.2. Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene facultades para establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas.

    I.3. Que el J. Irene Alvarez Ramos, en su carácter de Delegado Federal en Sonora, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación en su representación, de conformidad con la escritura pública No. 84724 de fecha 11 de diciembre del 2008, pasada ante la fe del Lic. José Ignacio Sentíes Laborde, Notario...

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