Se indican diversos beneficios fiscales para concesionarios de transporte público e individual de pasajeros y mercantil de la CDMX

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Se indican diversos benefi cios fi scales para
concesionarios de transporte público e
individual de pasajeros y mercantil de la CDMX
El gobierno de la Ciudad de México (CDMX) dio a conocer en la Gaceta Oficial No. 333 las publicaciones siguientes:
1. Resolución de carácter general por la que se condona total o parcialmente el pago de las contribuciones que
se indican a los concesionarios del servicio de transporte público de pasajeros colectivo de la Ciudad de México
(Corredores), la cual estará vigente del 26 de junio al 31 de diciembre de 2019.
Conforme a la resolución se condona total o parcialmente a los concesionarios del servicio de transporte público
de pasajeros colectivo de la CDMX, en la modalidad de corredores competencia del Organo Regulador de Trans-
porte de la Ciudad de México, las contribuciones siguientes:
a) El 100% del pago de los adeudos del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos (ISTUV), así como sus
accesorios que se hayan causado en los ejercicios fiscales 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019. El beneficio
se aplicará siempre y cuando los contribuyentes acrediten haber realizado el pago del ISTUV correspon-
diente al ejercicio fiscal 2020.
b) Se condona el 50% del pago del derechos por concepto de altas vehiculares, previstos en el artículo 220,
fracción III, inciso a, numeral 1, del Código Fiscal de la Ciudad de México (CFCDMX) correspondiente al
ejercicio fiscal 2020, a los concesionarios del servicio de transporte público de pasajeros colectivo, en su
modalidad de corredores.
Información
de trascendencia
LEGAL
EMPRESARIAL
B6
2a. quincena
julio 2020

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