¿Qué indemnización corresponde a los trabajadores en caso de la terminación colectiva de las relaciones de trabajo?

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Soy gerente de recursos humanos en una empresa que se dedica a la venta de productos de cerámica. Derivado de la difícil situación económica por la que atraviesa la empresa, los socios decidieron dar aviso a la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA) sobre la terminación colectiva de las relaciones de trabajo. Al respecto, en días pasados, después de haber realizado el procedimiento correspondiente, la JCA decidió aprobar la terminación colectiva de las relaciones de trabajo, por lo que me solicitaron elaborar las indemnizaciones correspondientes para los trabajadores; sin embargo, desconozco qué indemnización corresponde a los trabajadores en caso de la terminación colectiva de las relaciones de trabajo.

Lector de Torreón, Coahuila

¿Qué indemnización corresponde a los trabajadores en caso de la terminación colectiva de las relaciones de trabajo?

Conforme al artículo 436 de la LFT, en los casos de terminación colectiva de las relaciones de trabajo, los trabajadores tendrán derecho a recibir una indemnización de tres meses de salario, y la prima de antigüedad consistente en 12 días de salario por cada año de servicios laborados, tal como lo dispone el artículo 162 de la LFT.

Además de lo anterior, se les deberá entregar a los trabajadores el finiquito correspondiente.

¿Existe una sanción por incumplir las condiciones laborales previstas en un contrato colectivo de trabajo?

Laboro como contador en una agencia de viajes. Me he percatado de que la empresa ha incumplido algunas condiciones laborales previstas en el contrato colectivo de trabajo; es el caso de la duración de la jornada y los descansos de los trabajadores. Por ello...

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