¿En la incorporación voluntaria, qué padecimientos requieren tiempo de espera, y cuál es el periodo para recibir las prestaciones?
Fecha | 15 Septiembre 2024 |
¿En la incorporación voluntaria,
qué padecimientos requieren tiem-
po de espera, y cuál es el periodo
para recibir las prestaciones?
Soy una persona física que se dedica
a la prestación de servicios de ase-
soría inmobiliaria. Hace año y medio
decidí incorporarme voluntariamente
al régimen obligatorio de la LSS con
objeto de recibir atención médica del
IMSS en caso de alguna enfermedad;
sin embargo, en días pasados, al
acudir con el médico por una molestia
en el pie derecho debido a un espolón
calcáneo, me indicó que es necesa-
ria una cirugía; por este motivo me
pidieron solicitar la programación de
la misma. Al acudir al departamento
correspondiente, me dijeron que no es
posible hacerlo, pues en la incorpora-
ción voluntaria al régimen obligatorio
se requieren periodos de espera para
el otorgamiento de algunas prestacio-
nes en especie, entre ellas, la cirugía.
Por lo anterior, me gustaría saber qué
padecimientos y tratamientos requie-
ren tiempo de espera para el otorga-
miento de prestaciones en especie en
la incorporación voluntaria al régimen
obligatorio, así como cuál es el periodo
de espera para tener derecho a ellas.
Lector de Córdoba, Veracruz
¿En la incorporación voluntaria, qué pade-
cimientos requieren tiempo de espera, y
cuál es el periodo para recibir las presta-
ciones?
De acuerdo con el artículo 83 del Racerf,
en la incorporación voluntaria al régimen
obligatorio no se proporcionarán las pres-
taciones en especie al asegurado, durante
los tiempos y por los padecimientos y
tratamientos siguientes:
1. Seis meses, para la tumoración benig-
na de mama.
2. Diez meses, para parto.
3. Un año, para las enfermedades si-
guientes:
a) Litotripcia.
b) Cirugía de padecimientos gine-
cológicos, excepto neoplasias
malignas de útero, ovarios y piso
perineal.
c) Cirugía de insuficiencia venosa y
várices.
d) Cirugías de senos paranasales y
nariz.
e) Cirugía de varicocele.
f) Hemorroidectomía y cirugía de
fístulas rectales y prolapso de
recto.
g) Amigdalectomía y adenoidectomía.
h) Cirugía de hernias, excepto her-
nia de disco intervertebral.
i) Cirugía de valgus y cirugía de
estrabismo.
4. Dos años, para cirugía ortopédica.
Según se aprecia, en la incorporación vo-
luntaria al régimen obligatorio se requerirá
de tiempos de espera de entre seis meses
y hasta dos años para el otorgamiento de
prestaciones en especie en el caso de los
padecimientos referidos.
Los tiempos de espera se computarán a
partir de la fecha en que el asegurado y
sus beneficiarios queden inscritos ante el
IMSS.
Por tanto, en el supuesto que nos ocupa,
es válido que el instituto haya negado la
cirugía solicitada por la persona física, pues
al momento de solicitar el servicio no habían
transcurrido dos años de su inscripción a
la incorporación voluntaria al régimen obli-
gatorio, por lo que para tener derecho a la
misma se deberá esperar a que transcurra
el plazo mencionado.
C18
2a. quincena
septiembre 2024
SEGURIDAD
SOCIAL
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